jueves, 31 de mayo de 2007

Comisión Bicameral (Anexo 1)

Informe de la Comisión Bicameral Investigadora de las violaciones de los Derechos Humanos en la Provincia de Tucumán (1974-1983)

Anexo I: Metodología Represiva

Introducción


Se ha dicho que el accionar represivo obedeció a un plan científicamente elaborado, ejecutado en forma sistemática y aplicado en base a una maquinaria operativa que funcionó con un elevado nivel de eficacia.

La asombrosa similitud, la reiteración de características comunes, etcétera, que surgen de los hechos contenidos en las distintas denuncias recibidas por esta comisión, demuestran la existencia de una depurada metodología represiva, de la cual puede deducirse la existencia de un conjunto de normas, paralelo a los conocidos, de carácter reservado y secreto, que regló las acciones contenidas en dicha metodología.

Podemos afirmar en consecuencia, que el sistema represivo montado apuntaba a un objeto básico: la difusión del terror en forma masiva para así paralizar cualquier intento opositor, y una metodología inherente al mismo que se diferenció de otras conocidas por la introducción de una característica represiva inédita: el secuestro o detención ilegal de la víctima, como aspecto central de un sistema represivo que funcionó al margen de los mecanismos y procedimientos legales y constitucionales.

De este elemento central de la metodología represiva (el secuestro), se desprende el resto: posterior desaparición de la víctima (por lo general, en forma permanente; a veces, temporaria); su traslado a centros de reclusión ignotos y clandestinos; la participación de unidades represivas conformada por elementos que ocultan su identidad; marginación de toda instancia de intervención de la Justicia; abandono de la víctima en manos de sus captores quienes no cuentan con traba legal de ningún tipo para accionar sobre la misma; aplicación de tormentos en forma discrecional y sin más límites que la propia necesidad de los interrogadores, con el objeto, generalmente, de extraerle “información”; negativa de cualquier organismo del Estado a reconocer la detención, incertidumbre y terror de la familia del secuestrado y confusión deliberada en la opinión pública.

Toda esta metodología del terror, se asienta en un tríptico que la define y le otorga su propio perfil: SECRETO, CLANDESTINIDAD e IMPUNIDAD.

SECRETO: En el ejercicio y utilización del aparato de fuerza del Estado en sus distintos niveles y estamentos. Tanto la recopilación de los datos de inteligencia, como la planificación operativa y posteriormente su ejecución, están rodeados de un estricto secreto, lo que garantiza a la vez la eficiencia, como también la agudización del clima de terror colectivo.

CLANDESTINIDAD: Por cuanto resultaba imprescindible evitar cuidadosamente la determinación de la identidad de los autores del hecho y el destino final de la víctima.

IMPUNIDAD: La que no solamente constituye el objetivo final de los autores del hecho, sino también la condición necesaria para la continuidad del accionar represivo. La impunidad garantiza el secreto y la clandestinidad.

Se irá renovando así, incesantemente, el ciclo que alimenta a la metodología descripta: secuestro – reclusión clandestina – tortura – delación de nombres por parte de la víctima – nuevos secuestros. Ese será el mecanismo infernal del terror, que nos proponemos analizar.

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1. El secuestro


El secuestro de las personas, que previamente han sido “fichadas” por los servicios de inteligencia como vinculadas a la subversión, al activismo de izquierda o la disidencia al régimen, conlleva enormes “ventajas” para el sistema represivo, desde el punto de vista de la celeridad y eficacia en la eliminación de opositores. Veamos algunas de ellas:

Permite la aplicación de la tortura en forma ilimitada sobre el secuestrado, sin que éste pueda luego realizar algún tipo de denuncias.

Quiebra cualquier resistencia en la víctima, dada la combinación de la tortura física y la coacción sicológica en el detenido, que se sabe absolutamente inerme y desvalido en manos de sus secuestradores.

Evita toda participación de la Justicia en salvaguarda de la integridad del detenido.

Allana el camino para asesinar con impunidad, aplicando la pena de muerte a discreción, especialmente en el caso de personalidades políticas, gremiales, etcétera, que suscitarían la oposición de la opinión pública.

Permite y facilita la instauración del clima de terror colectivo buscado, aún en sectores objetivamente desvinculados de las víctimas, ya que lo que la población observa es un despliegue de violencia abrumador –que siempre cumple su cometido–. Por otro lado, el secuestro desaparece virtualmente de la faz de la tierra, lo que agudiza el clima de misterio que envuelve a los operativos.

Finalmente, diremos que el secuestro era el modo más eficaz para lograr el aislamiento total de la víctima. La falta de comunicación con el mundo –a veces ni siquiera existirá el contacto con la luz solar– constituye una característica central de la metodología represiva ensayada por el terrorismo de Estado.

En razón del ocultamiento, resultaba imposible establecer el paradero ante la falta de información –y a veces el rechazo agresivo a tal pedido– por parte de los organismos pertinentes del Estado. En síntesis, tras el secuestro, las víctimas quedan aisladas de la sociedad.

Una vez consumado el secuestro, y ya instalada la víctima del mismo en el centro de reclusión clandestino correspondiente, se abrirán para aquella tres posibilidades: su mantenimiento durante un cierto período como desaparecido, para luego ser reconocido como detenido y por tanto, “legalizado”. O su secuestro durante un cierto período de tiempo y posterior liberación. Finalmente, la alternativa más trágica, que es el de convertirse definitivamente en detenidos–desaparecidos, como ocurrió la inmensa mayoría de las veces.


1.1 Mecánica Operativa del Secuestro

1.1.1 Característica de los grupos operativos

Los secuestros son ejecutados por grupos operativos (o grupos de tareas, según la jerga represiva) que actúan con movimientos rápidos, enérgicos, y decididos y con gran despliegue de violencia, que elimina cualquier intento de resistencia por parte de la víctima. El número de personas intervinientes es variable, pero siempre cuidando de mantener una superioridad abrumadora en lo numérico. Si bien el número que surge de las denuncias habla de una cantidad que va de 4 a 20 hombres, la generalidad de los secuestros se realizan por grupos promedio de 12 o 15 personas. Igualmente, es común a todos los operativos que los secuestradores se cubrieran el rostro o lo desfiguraran para preservar la identidad del mismo. Para ello recurrían de ordinario a elementos grotescos que sin duda aumentaban el patetismo de la escena. Así es frecuente el uso de bigotes o barbas postizas, de pelucas, la colocación de medias de mujer para desfigurar los rostros, aunque también los había que se los pintaban para ocultar su fisonomía. Pero el medio más frecuente para ocultar la identidad de los miembros de las patotas de secuestradores, está dado por un siniestro elemento, que ha quedado como el rasgo más distintivo de esta época y como resumen del terror y el medi de los tucumanos: se trata de la capucha.

Por otro lado, el grupo operativo se desdobla en dos funciones. Una parte de ellos está encargada de irrumpir en el domicilio o lugar de secuestro, y la otra parte realiza la cobertura y tarea de apoyo desde las inmediaciones. Es muy frecuente que el primer grupo esté vestido de civil, aunque a menudo combinan sus ropas con prendas militares: borceguíes, chalecos antibala, pantalón de fajina, etcétera.

“Al escuchar los fuertes golpes que aplicaban en la puerta, la dicente fue a atender y al preguntar quién era, se le respondió que la policía y que era mejor que abriera pronto, pues de lo contrario, derribarían la puerta. Al abrir ésta, penetró en la vivienda un grupo de hombres fuertemente armados, vestidos de civil y con sus rostros desfigurados por barbas o bigotes postizos e, incluso, pelucas...” (Legajo 78-A-84. Francisco Próspero Rosales, su desaparición. 39 años, comerciante, fecha: 29/11/75).

“... en las primeras horas del día 19 de agosto de 1976, golpearon la puerta de su casa. Cuando preguntó quién era le respondieron “la policía” (...). Cuando preguntó quién era le respondieron “la policía” (...). Cuando abre, entran violentamente individuos enmascarados con medias de mujer, que les desfiguraba el rostro, y llevaban en sus manos ametralladoras...”. (Leg. 43-L-84. Desaparición de Ricardo Ramón Jacobe, sopletero eléctrico).


Otro caso de ocultamiento de los rostros, en la denuncia correspondiente al Leg. 310-N-84, desaparición de Félix Valero (50 años, comerciante, fecha 30-11-75):

“... El grupo incursor, compuesto por más o menos 8 hombres, vestía ropas civiles y varios de ellos intentaban tapar sus rostros con bufandas u otras prendas similares. Inclusive, uno se había echado el cabello hacia adelante, para así disimular sus facciones...”.

“Ocurría todo con tanta rapidez que no pudo mirarles detenidamente las caras, aunque recuerda que se las cubrían con una especie de careta. Tiene la impresión de que era un alambre recubierto con una tela como de mosquitero o medias de mujer...” (f.2).


En cuanto al uso de la “capucha” transcribimos el siguiente testimonio:

Del Leg. 323. Desaparición de Luis Reyes Ríos (obrero), surge el siguiente testimonio:

“... Que el día 28 de noviembre de 1976 y siendo las 2 horas de la madrugada un grupo de personas compuesto por 14 individuos, se presentaron en su domicilio, los que estaban vestidos de civil y con ropa preferentemente negra, encapuchados, portando armas cortas y largas de grueso calibre. Lo hicieron volteando a patadas la puerta de entrada en su casa e irrumpiendo en forma violenta a su domicilio, estando ya adentro uno de los incursores se presentó ante el compareciente diciendo: “yo soy de coordinación federal”, cuando el compareciente le pidió que se identificara, éste se negó a hacerlo diciéndole “yo soy de coordinación federal y se acabó y no te llevo a vos...”; uno de sus hijos que para esa fecha contaba escasos 16 años de edad, les dijo “mátenme a mi si quieren, pero a mi padre no lo van a llevar”. Acto seguido, el incursor que al parecer llevaba la voz de mando y comandaba el grupo, preguntó por Luis Reyes Ríos, hermano del compareciente y hoy desaparecido (...) a lo que el exponente dijo que estaba durmiendo porque recién venía de trabajar en CONASA, en el acopio de bolsas de azúcar en La Florida (...) en forma violenta entraon a la habitación (...) y empezaron a golpearlo en forma salvaje a lo que éste les pidió que no lo sigan haciendo pues él no sabía nada que justificara tal proceder. Acto seguido procedieron a vendarle los ojos y atare las manos a la espalda y el que comandaba el grupo le dijo; “vos vas a boleta...”.


Existen casos en que los procedimientos son perpretados por fuerzas uniformadas, por ejemplo del Ejército, y en un número muy superior al habitual, 40 hombres (Legajo 296-A-84). Esto habla a las claras de la conexión entre el sistema represivo regular y el clandestino.

1.1.2 Preparativos del secuestro

Previo a concretar el secuestro, los grupos procedían a ocupar y controlar las inmediaciones del lugar del hecho. Es común la ocupación de la manzana donde se encuentra ubicado el inmueble a ser allanado, maniobra efectuada con gran despliegue de vehículos y equipos de comunicación.

“... Un grupo de más de 10 personas, todas vistiendo uniformes del Ejército, es decir, con ropas de combate, cascos y usaban armas largas (...) Esos militares actuaban a plena luz del día, sin apuros, como si se tratara de un procedimiento legal (...) para realizar el procedimiento, rodearon la manzana con vehículos militares y soldados apostados como centinelas...” (Legajo 240-R-84. Desaparición de Rodríguez, José Manuel, empleado, 32 años, el 10/09/76).


Otro ejemplo del despliegue de efectivos en oportunidad de estos operativos nos lo ofrece el caso de la familia Rondoletto (Legajo 274-R-84).

Parte integrante, también, de los preparativos, puede considerarse el seguimiento previo de las víctimas y la observación de sus movimientos, de las características de la casa, etcétera. Así leemos en la causa 326-S-84:

“... a una cuadra de la casa de sus padres (secuestrados luego), vivía H....... C......., que sabe por comentarios que se desempeñaba en el Servicio de Inteligencia del Ejército...”.

Esta persona, H....... C......., tiene una serie de actitudes y encuentros poco comunes, y sospechosos, con la compareciente y su familia, que le hacen presumir su participación en los hechos (ver fs. 3, 4, 5 del Legajo cit.).


Zonas francas: En muchos casos, la operación se realizaba con la abierta complicidad de las policías de la jurisdicción, como surge del siguiente legajo:

“... el 19 de mayo de 1976, siendo las 1,30 de la madrugada, llegaron al domicilio de mi hijo varias personas del sexo masculino, con uniformes verdes y otros de azul, el rostro cubiero y portando armas de grueso calibre, violentaron la puerta, rompiendo la cerradura y se llevaron a mi hijo (...) Este hecho ocurrió a escasos 50 metros de la comisaría El Manantial. Cuando mi hija fue a comunicar lo sucedido con mi hijo, instantes posteriores al procedimiento, no le quisieron tomar declaración y anotaron en un papel diciendo que ya tomarían las medidas del caso...” (Leg. 96-G-84. Manuel Antonio Gianfrancisco, 29 años, plomero).


Igualmente, Leg. 104-J-84, López de Jait, Elsa Raquel; 27 años, ama de casa; fecha: 9 de Julio de 1976). Secuestrada de su vivienda, en zona de alta concentración de edificios militares, y a una cuadra del comando y servicio de informaciones del Ejército; domicilio: Laprida 1132.

Igualmente, el ciudadano Juan Andrés Molina (Leg. 429-M-84) fue secuestrado, desaparecido posteriormente, de la puerta de una comisaría.


Apagón de luces: Era habitual, asimismo, el corte de energía eléctrica en la zona (Leg. 125-S-84; 378-Ch-84 y 101-P-84).


1.1.3 Momento elegido para el operativo Secuestro.

La hora elegida para concretar el operativo es preferentemente la de la madrugada, especialmente cuando el mismo se realiza en el domicilio de la víctima (ver capítulo correspondiente). Las razones son simples: a esa hora el futuro secuestrado está descansado en su hogar y se verá bruscamente sobresaltado y rodeado por el grupo agresor;esto facilita la eficacia de la operación. El efecto atemorizador también se ve potenciado en su faz más siniestra al realizarse al amparo de las sombras de la noche.

La hora puede variar según se hubiera realizado en el lugar de trabajo de la víctima o en la vía pública, concretándose a veces a plena luz del día.


1.1.4 Aplicación de la violencia en los operativos de secuestro

Un ingrediente siempre presente en estos operativos es el despliegue abrumador de violencia que acompaña a todo su desarrollo, cruelmente descargado sobre el objetivo.

La aparente irracionalidad en la descarga de la fuerza física no lo es tal en realidad, sino que persigue finalidades muy concretas. En primer lugar, mediante su aplicación se logra paralizar a la víctima –ya en estado de absoluta indefensión por la desfavorable proporción numérica ante sus agresores– facilitando la rapidez y la eficiencia operativa:

“... siendo más o menos las 3 de la mañana, u grupo de personas, alrededor de 30, irrumpieron en su casa, volteando la puerta de entrada, que se encontraba trabada por un pasador y que el compareciente, asustado por el ruido que produjeron, se levantó y se dio con que en la casa se encontraban ese grupo de personas, todas vistiendo de civil, portando armas largas y potentes linternas, con las que lo encandilaron, e inmediatamente, empezaron a aplicarle trompadas y patadas y al mismo tiempo le tiraron una frazada encima de la cara y el cuerpo, para que no pudiera reconocerlos a los incursores. Luego de eso, le pusieron esposas en la mano, en posición hacia delante y le vendaron los ojos, con vendas especiales que llevaban (...) Antes de vendarle los ojos, uno de los individuos se dirigió a otro que aparentemente comandaba el grupo, el que por su forma de pararse, parecía ser un militar o un policía de alta jerarquía, y que además parecía ser muy culto, luego, procedieron a romper los muebles, camas, colchones, etcétera, revolviendo todo (...) Luego de eso, lo sacaron a empujones y lo llevaron varias cuadras a pie, por el barrio hasta donde se encontraban unos automóviles en donde lo introdujeron en uno de ellos y lo tiraron en el piso del asiento trasero, y los que iban atrás comenzaron a pisarlo en forma despiadada...” (Leg. 231-N-84. Núñez, Carlos M. Secuestro y posterior liberación).


En la causa transcripta vuelve a reiterarse el copamiento de la zona por parte de los efectivos intervinientes en el secuestro, lo que opera como acción intimidatoria sobre el vecindario, evitando así la aparición de potenciales testigos, otros de los objetivos buscados a través de la violencia inherente al operativo.

Los secuestradores saben asimismo, que tendrán un eventual escollo en la familia de la persona buscada, dado que el impulso natural de ésta es evitar desesperadamente que se consume el secuestro del ser querido que va a ser arrancado del hogar. Por ello, resulta también habitual el atropello físico contra los familiares.

“... El día 29 de mayo de 1976, como lo hacían todas las noches desde el fallecimiento de su esposo, la denunciante con su hijo Luis Adolfo, el menor de todos, y con quien vivía, rezaron un rosario y se acostaron a dormir, en la misma habitación, haciéndose compañía. Ya dormidos, fueron despertados opr un ruido muy fuerte, que provenía de la puerta del comedor que da a la calle, se levanta la dicente y enciende la luz y se encuentra con un militar uniformado, con sus ropas de combate color verde, un sobretodo militar y su correspondiente gorra, y más de veinte personas, entre las cuales pudo reconocer a algunos con uniformes de policía de la provincia, otros con uniformes de la Policía Federal, de civil y soldados uniformados que trataban de disimular con su cara pintada. Sorprendida y asustada, preguntó qué querían, y ese militar le dijo a su hijo: “levántate, Luis Adolfo”. Su hijo, sorprendido y angustiado, preguntó: “qué es lo quieren conmigo”, y el militar respondió: “hacerte algunas preguntas”. El militar dio a los otros la orden que lo lleven así como estaba, y como hacía mucho frío y su hijo vestía un pijama liviano y estaba descalzo, se interpuso y no dejó que lo saquen así a la calle, entonces le permitieron que se vista. En ese ínterin entró al dormitorio el empleado policial a quien la denunciante conocía de vista y que se trata del señor Roberto Albornoz, el que llevaba en sus manos un objeto contundente, no sabe precisar si era un garrote o un arma larga. El asunto es que cuando quieren sacarlo por la fuerza a su hijo, la dicente se opone y uno del grupo, con una linterna que llevaba en sus manos, la golpeaba violentamente a la altura del pecho y la tiraba sobre la cama, sin respetarla como madre, ni que estuviera vestida con el camisón de dormir. A todo esto los otros integrantes de ese grupo numeroso, comenzaron a revisar la casa (...) (llevándose) libros (...) y también hurtaron todo el dinero que había en la casa, unos setenta mil pesos ley 18.188, todas las joyas, que eran bastantes, porque eran seis pares de aros de oro, cuatro anillos de oro, dos de ellos muy valiosos, le rompieron la heladera y comieron cuanto encontraron, en fin, actuaron como bandidos, ya que todo lo de valor que encontraban a mano, se lo hurtaron. Cuando su hijo terminó de vestirse, el militar se dirigió a los integrantes del grupo y uno de ellos dijo: “Todo listo, mi Capitán González Nallas” (se refiere, seguramente, al Capitán Arturo Félix González Naya –Nota de la C.C.D.H. –), y éste ordenó que se lleven al muchacho. La exponente como madre se aferraba a su hijo y el militar la empujaba hacia el interior de la habitación, tratando de cerrarle la puerta, pero la dicente consiguió abrirla y salió por atrás de ellos, observando que la puerta de calle estaba totalmente destrozada y que se alejaban varios vehículos, Luego supo por versiones de los vecinos (...) que un gran número de policías y militares habían rodeado la manzana utilizando carros de asalto, camionetas y automóviles”. (Leg. 38-H-84. Holmquist, Luis Adolfo. Desaparición, 20 años, estudiante).


Igualmente, citamos la denuncia correspondiente al legajo 378-CH-84 (Chaparro, Santos Aurelio. Su propia detención y apremios ilegales):

“... Siendo las 9 de la noche, llegan a su casa un grupo de 6 personas, (...) El compareciente se encontraba cenando con su familia, estaban a cara descubierta y portaban armas cortas y largas; todos tenían una tonada como si fueran del Litoral. Uno de ellos preguntó por el nombre del compareciente (...) y cuando éste se levantó y les dijo yo soy Chaparro, sacaron una toalla del baño y le ataron la cabeza. A su hijo lo hicieron tirar boca abajo y a su padre, que para entonces tenía 75 años, también lo tiran boca abajo y le pegan un culatazo en la cabeza...”.


En el Leg. 225, Desaparición de Gustavo Raúl Santillán (22 años, estudiante secuestrado el 11/06/76), leemos:

“... escuché los gritos de mi esposo que decía no me maten, no me peguen, todo ello por repetidas veces; también otra voz decía: “átenlo, átenlo”. Estos gritos en demanda de auxilio eran tan desgarradores, que todos nosotros, mi madre, mi hermano y yo, nos angustiamos tanto que procuramos salir hacia el portón (...) entonces vino el hombre que ya estaba en el garage, un hombre de más o menos 40 años, moreno, que vestía una remera turquesa y botines negros, media caña, éste parecía el jefe del grupo, ya que los demás se callaban cuando él hablaba y diciendo: “qué tanto joder, vayan adentro”, dándome un puntapié con todas sus fuerzas, tanto que me levantó en vilo; luego, como mi hermano se encontraba junto a mí, también le pegó en la cara (mi hermano tiene 16 años); después de esto a empujones nos llevó a la cocina donde se encontraba mi madre con mi huja en brazos y otro, sin considerar que se encontraba con una criatura de un año en brazos, le dio un empujón y la tiró al piso junto con la nena; mi hermano frente a ese atropello, le dijo al que empujó a mi madre: “despacio con mi mamá”, y éste respondió apuntándole con la ametralladora: “callate mocoso, que te voy a matar” (...) Nos encerraron a continuación en mi dormitorio, con la intimidación de que apagáramos la luz y no la prendiéramos nuevamente y que no saliéramos de la pieza, a todo esto ya no escuchábamos la voz de mi esposo, no pudiendo precisar en consecuencia si lo habían amordazado o estaba inconsciente por los golpes, ya que como digo, gritaba: “no me peguen, no me maten”...”.


Muchas veces, el ensañamiento contra el secuestrado y su familia, llega a extremos como la destrucción de la vivienda –generalmente provocando incendios– sobre la que se realizó el procedimiento.

“... El día 3 de enero de 1976, un grupo compuesto por aproximadamente 5 o 6 personas, golpearon la puerta de su casa, que por ese entonces estaba ubicada en el ingenio Santa Rosa (...) Tomaron al secuestrado, le pusieron una venda en los ojos, le ataron las manos para atrás y posteriormente le pusieron una inyección, la cual destilaba un profundo olor a alcohol. Luego de eso le preguntaron si tenía querosén en la casa, la dicente negó. Dicho esto, los incursores se fueron y al cabo de poco tiempo, casi a los 5 o 10 minutos, volvieron nuevamente. Cuando la exponente sintió el ruido de los autos que llegaban, salió corriendo con su hija hasta la casa de un vecino. Cuando se encontraba en la casa de esos vecinos vio que ese grupo de gente rociaba su casa con algún líquido inflamable, que podía ser querosén o nafta y acto seguido le prendieron fuego, quedando totalmente destruida. Hace notar que su vivienda era un galpón de 9 metros de ancho por 15 metros de largo y que estaba construido en las paredes por bloque de cemento y el techo de paja. Y encima chapas de zinc, el piso era de tierra, la casa quedó totalmente destruida, como así también muebles, enseres, y ropas de todos los habitantes. En resumen, perdieron todo...”. (Leg. 244-M-84. Desaparición de Jiménez, Juan Ángel y Barraza, René Argentino).


En la casa número 359-V-84:

“Demás está decir, que todo este operativo lo hicieron tanto en mi casa, como en la de mi hermano, con violencia inusitada, procediendo a destrozar todo lo que encontraban a su paso...”.


Testimonios similares se encuentran asentados en los legajos correspondientes a los números 170-P-84 y 27-M-84. Otros casos de descomunal violencia los tenemos en los legajos siguientes:


Causa 237-A-84. René Armando Castellanos Alderete. Su secuestro y desaparición:

“... que el día 28 de mayo de 1976, siendo aproximadamente las 04.00 horas de la madrugada, un grupo de gente compuesto por cuatro personas más o menos, violentaron la puerta de su casa entrando dentro de la misma; la exponente, junto con su marido y su hijo, al sentir semejante ruido, se levantaron y vieron un grupo de cuatro personas, vistiendo uniforme verde-oliva, gorras y botas, portando armas largas, que se encontraban dentro de la casa, los mismos iban a cara descubierta, pero su cara pintada con una sustancia negra, aparentemente carbón, para que no se los reconociera, tenían una tonada media santiagueña y medios roncos para conversar, los que le preguntaron a su hijo si él era René Armando Castellanos, cuando éste les dijo que sí, lo agarraron a golpes de puños y culatazos, lo sacaron de la casa, con las manos atadas y los ojos vendados y lo introdujeron en un auto, que los estaba esperando en la puerta con el motor en marcha. El vehículo era un auto de color blanco, mediano, no sabe el número de chapa patente, sólo sabe que a su hijo lo introdujeron en el baúl del auto y se fueron raudamente con rumbo desconocido.,.”.


En la causa 159-R-84, Reyes Alcario Romero. Su secuestro y desasparición, se expresa:

“... que el día 20 de Julio de 1977, a las 03,00 horas de la madrugada, recuerda que su marido despertó repentinamente y la llamó a su esposa (la compareciente) quien por entonces se encontraba embarazada de seis meses, diciéndole “no te asustes que estamos rodeados por la policía”, a lo que la dicente contestó “que no le tenía miedo a nada”. Ocurrió entonces que patearon la puerta abriéndose violentamente e ingresaron a su hogar alrededor de un grupo de 15 personas, todas con uniforme verde-oliva, con cascos, a cara descubierta, y todos fuertemente armados con ametralladoras, presumiendo la exponente que se trataba de tropas del Ejército por la manera con que se encontraban vestidos (...) a su esposo que recién apenas se había sentado en el costado de la cama, lo tomaron de un brazo, así como estaba vestido, con pantalón corto, camiseta y descalzo y lo tiraron contra la otra cama, boca abajo, donde le vendaron los ojos, con una tela blanca que le cubría boca y nariz, maniatándole las manos y los pies. Mientras esto ocurría la exponente era salvajemente golpeada, le dieron una patada en la boca, lo que le produjo la rotura de dos dientes, lo mismo que en la zona de los riñones y como estaba embarazada le pegaron en el vientre, diciéndole: “te vamos a hacer parir a tu hijo a patadas”, recuerda también que dos de sus hijitas, una de ellas de tres años y la otra de dos, se aferraban a su padre de las piernas, a lo que los raptores las trataban de separar pegándoles e inclusive la tiraron a una de ellas contra una de las camas, la dicente entonces le rogaba a los secuestradores que no le peguen más a sus chicos, a lo que éstos le contestaban “que se calle la boca, porque sino la iban a matar”. (...) por último lo cargaron a su esposo entre dos, uno de la cabeza y otro de los pies, cerraron la puerta de la casa diciéndole “que lo llevaban a él y que no lo espere más” ...”.

Efectos traumáticos de la violencia en los familiares


Los familiares de la persona secuestrada resultaron particularmente afectados por la brutalidad del terrorismo de Estado. No solamente debían soportar el doloroso espectáculo de presenciar los golpes, vejámenes al ser querido que les era arrancado bárbaramente en lo que constituía el comienzo de un calvario lastimoso recabando información sistemáticamente negada, sino que también –como hemos visto– se convirtían en destinatarios de la furiosa actitud de las patotas.

“... fue interrogada acerca de dónde se encontraba su esposo, golpeándola salvajemente. Que también estaban sus cinco hijos, de corta edad, teniendo el mayor 11 años en aquella época y el menor 1 año y 3 meses de edad. Que el primero sufrió una crisis de nervios al ver la violencia con que actuaban esas fuerzas...” (Leg. 309. Desaparición de Luis Pastor Armella, albañil, 36 años, fecha: 15/10/76).


Ello podía ocurrir en forma prolongada o repetida, como está denunciado en la causa siguiente:

“...Después de esto y durante muchos meses, soldados del Ejército llegaban imprevistamente a su domicilio, en cualquier momento del día o de la noche, los hacían poner contra la pared mientras revisaban y destrozaban todo lo que había en la casa hasta dejarla prácticamente a la miseria...”. (Leg. 146-S-84. Desaparición de José Jacinto Sión, obrero, 34 años, fecha: 15/07/75).


Otro caso de hondo contenido dramático es el correspondiente a la desaparición de la doctora Elda Leonor Calabró, conocida profesionalmente del medio, secuestrada el 15/06/76, cuando circulaba en automóvil en compañía de su madre y su hermano:

“... conducía el automóvil marca Dodge Coronado, patente N° T-040323, en compañía de mi hermana, Elda, y de mi madre Antonia Di Marco de Calabró, fallecida el 21/05/77, la que no pudo soportar la desaparición de su hijja y tras una penosa enfermedad de 90 días, causada por la pena, deja de existir por una trombosis cerebral...” (Leg. 1-C-84).


Casos de persecución sistemática y cruel


Otros casos de hondo contenido dramático, donde se demuestra una actitud de persecución sistemática y extrema, tales como los casos de:

Causa 160-Y-84. Yánez, Tirso Luis, de la denuncia desglosamos:

“... hecho ocurrido el 5 de abril de 1975. Pero antes de esta fecha ocurrieron dos circunstancias en su domicilio particular, directamente ligadas, según entiende, a la detención y posterior desaparición de su hijo”. No recuerda fecha exacta pero ocurrió en el mes de diciembre de 1974, por motivos que ignora, pero coincidentes con otros atentados, le colocaron dos bombas de alto poder explosivo, la primera no reventó y la segunda, como a los 15 días le destrozó todo el frente de la casa: a esa fecha su hijo que trabajaba en un taller metalúrgico, estaba viviendo en Concepción por intermedio de (...) que es de nombre (...) y que vive en la calle (...) se enteró dos días después, que el día 4 de abril de 1975, como a las 22,00 horas, más o menos, se hace presente en el domicilio de la familia (...) que en ese entonces era en calle (...) un grupo de la Policía Federal y militares, buscando a su hijo, como allí no vivía, llevaron detenido hasta la Jefatura, el joven de 16 años de edad (...) que ahora vive en Buenos Aires, luego de ser interrogado y atemorizado, consiguieron que les diera la dirección de la ciudad de Concepción, con él se fueron hasta allí, donde llegaron como a las tres y media de la mañana del día siguiente, sabe por una vecina de la calle (...) que esos efectivos prácticamente destrozaron la puerta de la casa de su hijo, donde procedieron a la detención del mismo”.


Otro claro caso es la causa 61-E-84. Librería To-Be, de Pedro Estrella, donde dice:

“... que viene a poner en conocimiento de esta Comisión Bicameral, un atentado cometido el día 15 de agosto de 1974, a horas 04,00, en el local de calle Chacabuco 67, de esta ciudad, donde para esa fecha funcionaba una librería denominada “To-Be” que era propiedad de su padre Pedro Estrella, donde explotó una bomba de alto poder que destruyó prácticamente todo el local y las mercaderías (...) luego de la explosión de esa poderosa bomba una amenaza por escrito, dirigida por correspondencia a su padre a su domicilio de calle (...), de esta ciudad, en donde le daban un plazo para desaparecer de Tucumán, en 8 días, bajo pena de hacerlos desaparecer a todos, es decir de darles muerte a todos, y ese anónimo estaba identificado con las siglas de la Triple A. Por miedo y a consecuencia de la amenaza, porque realmente sintieron miedo por sus vidas debieron emigrar de Tucumán, radicándose el dicente en la República de Bolivia y su padre con su madre, en la ciudad de Buenos Aires. (...) Nunca más los amenazaron en esta ciudad, lógicamente porque no estaban, pero su padre sí, en Buenos Aires fue nuevamente amenazado de muerte, por la Triple A...”.


Otro caso patético de persecución sistemática es la causa 57-E-84. Espeche, Enrique Ernesto. Su secuestro y desaparición, donde entre otras cosas expone:

“... Que en la madrugada del 28 de mayo de 1977, siendo aproximadamente las 3 o 4 horas, un grupo de numerosos hombres, vestidos de civil, fuertemente armados y sus rostros cubiertos por capuchas, ingresaron por los fondos de la casa de un vecino, que comunica con el inmueble de la calle (...) en donde tiene instalado un negocio. Que en el momento de producirse los hechos nadie vivía en el inmueble, razón por la cual el grupo incursor salió del mismo y al ser informados por algunos vecinos que prácticamente al frente vivían familiares del matrimonio (...) se dirigieron a esta última. Una vez frente a la casa, mientras golpeaban la puerta, gritaban “Abran la puerta, es la policía”. Ante ello, un hijo de la compareciente, de nombre (...) que junto a su esposa, un hijito de un año de edad y sus abuelos paternos habitaban el inmueble, les permitió el acceso a él, siendo inmediatamente reducidos (...) En realidad, tal como surgió de inmediato ante las preguntas que formulaban los incursores, a quien buscaban era a su hermano, de nombre (...) mediante golpes procuraron hacer decir a (...) dónde se hallaba su referido hermano, pero aquél respondió obstinadamente que lo ignoraba. Fue así que los desconocidos decidieron marcharse llevándose con ellos a (...) al que obligaron a ascender a uno de los vehículos en que se desplazaban. De inmediato se dirigieron al domicilio donde habitaban sus padres en el domicilio de la calle (...) al llegar al mismo (...) les pidió por favor que le permitieran ser él quien despertara a sus padres, a fin de disminuir algo la indudable alarma que sentirían ante lo que estaba ocurriendo. Fue así que llamó a sus padres, a través de una ventana que daba al dormitorio de los mismos, avisándoles que: “la policía anda buscando a (...)”, ante ello el marido de la compareciente abrió la puerta de calle y permitió el acceso del grupo incursor a la casa. Inmediatamente empezaron a golpearlo mientras preguntaban por el paradero de su hijo. En un comienzo su marido intentó guardar silencio, pero al ver que los agresores remontaban sus armas al parecer dispuestos a darle muerte, indicó a su hijo (...) que les dijese dónde se encontraba su otro hijo a quien buscaban, (...) Entonces subieron nuevamente a uno de los autos y éste, obedeciendo la orden de su padre, los condujo al domicilio de (...), allí descendió y fue a la casa donde se encontraba su hermano preparando una tésis para acceder al doctorado de Física. Fue así que el mencionado hermano abrió la puerta de calle permitiendo el acceso al inmueble al grupo que andaba en su búsqueda (...) de inmediato lo redujeron y lo obligaron a subir a uno de los vehículos partiendo con rumbo desconocido”.


Causa 231-N-Núñez, Carlos Moisés.

“... Cuando llegaron se despidieron y el compareciente se dirigió s tomar el ómnibus de la línea 8 y fue hasta su casa, en el barrio Esteban Echeverría, calle Emilio Castelar N° 2521. Cuando llegó, se dio con que su casa de madera ya no estaba en el lote, había sólo cenizas, unos vecinos se acercaron y le contaron que le habían prendido fuego a la casa, los que detuvieron al compareciente”.


Asimismo, nos remitiremos a la causa 244-M-84, que ya fuera citada anteriormente.


1.1.5 Vehículos empleados

1.1.5.1 Vehículos particulares

Aquí encontramos nuevamente otro símbolo de esa etapa funesta: los Ford Falcon, sin chapa patente, o con ésta adulterada. En el legajo 392-CH-84, se habla de “dos vehículos: un Ford Falcon color verde y un Renault 12...”.


También en el legajo 418-J-85:

“... fue obligado a subir a un vehículo al que no pudo individualizar, pero supone que por su amplitud y ruido, podría haber sido un Ford Falcon...”.


En otra denuncia recibida por esta Comisión, se transcribe lo siguiente:

“... Fue introducido en un vehículo, esto lo sabe por un vecino que pudo ver, y también le contó que había tres autos: un Ford Falcon color blanco, los otros color negro...” (Leg. 298-T-84. Desaparición de Manuel Asencio Tajan, 23 años, jornalero y dirigente gremial azucarero; fecha: 24 de marzo de 1976).


Igualmente, extraemos del Leg. 340-V-84: “... se encontraban tres automóviles sin chapas patentes...”. Generalmente se usaba vehículos grandes, para facilitar los movimientos de los secuestradores y el traslado del prisionero; resulta evidente que el automóvil que más se ajustaba a las características requeridas para concretar los procedimientos resultaba ser el Ford Falcon, razón por la que era el más utilizado.


En el caso correspondiente a la desaparición del ciudadano Ismael Daris (26 años, estudiante de Ciencias Económicas) testigos de su secuestro alcanzaron a observar el número de la chapa patente, la cual –según ha investigado esta Comisión– no resulta registrada en nuestra provincia. (Leg. 127-A-84).

“... frente al número 557 de calle 9 de Julio se detuvo un automóvil Opel, chapa patente C617395, color verde limón, del que descendieron 5 personas, aprehendieron a su hijo y a la fuerza lo introdujeron en el coche...”.


También el número de uno de los vehículos intervinientes pudo ser identificado en la causa correspondiente al Leg. 200-A-84, siendo éste dato registrado en la denuncia que los familiares de la víctima asentaron en la comisaría policial correspondiente a Villa Luján, sin que tuvieran novedad alguna al respecto.


1.1.5.2 Vehículos oficiales


Así como en ocasión de analizar las características correspondientes a los grupos operativos, veíamos que si bien lo usual era la clandestinidad (ropas civiles, capuchas, etcétera) a veces estaban uniformados y a cara descubierta, como si se tratara de un operativo regular y legal, algo similar puede señalarse respecto a los vehículos utilizados en el operativo secuestro, demostrando una vez más la estrecha interconexión entre el aparato de represión regular y el otro, paralelo y clandestino. Veamos así, la causa del Leg. 342:

“... observando lo sucedido en la calle y constatando que en ella esperaban dos vehículos: una camioneta color verde, que pertenecía a Bienestar Social, y un Falcon verde olivo, sin chapa y con un hombre en cada uno de los vehículos, pudiendo ver que de esta manera mi hijo era introducido en el Falcon estando aún desmayado (por los golpes recibidos)...”


En el caso siguiente, se trata de un vehículo perteneciente a la Policía de la Provincia:

“... en las primeras horas del día 1-12-75 (su nuera) fue hasta su casa y le contó que siendo la hora 1.30, más o menos, llamaron a la puerta de su casa varias personas, todas con uniforme azul, de los mismos que usa la policía y preguntaron por Pedro Epifanio Correa; que al responder su hijo “soy yo”, le ordenaron que se vista y salga hacia fuera; así lo hizo y entonces le vendaron los ojos, le colocaron esposas en las muñecas y le hicieron subir en un carro de asalto policial”. (Leg. 351 y 363-C-84. Desaparición de Correa, Pedro Epifanio, en V. Carmela, 33 años).


En la misma causa, la esposa de Correa, abunda en más datos:

“... introdujeron a su marido en uno de los autos que esperaban y que eran los característicos que usa la policía, con la insignia correspondiente en la puerta, y la luz sirena colocada en el techo...”.


Aquí pareciera haber una confusión respecto a las características del vehículo policial, comparando los testimonios de ambos comparantes, aunque debe señalarse que quien presenció el hecho fue la esposa de la víctima quien comunicó a su suegro la novedad inmediata. Pero de lo que no caben dudas es de que se trató de un vehículo perteneciente a la policía.


La causa 309, asimismo, habla de “.... cinco individuos vistiendo uniformes verdes del Ejército, que se movilizaban en un jeep y en un camión...”; mientras la 205-C-84, hace mención a “... personas vestidas de civil, que dijeron pertenecer a la Policía Federal...”, y que introdujeron al prisionero “... en un camión, donde se encontraban otras personas en idéntica situación”.

Evidencias similares se encuentran en la declaración prestada ante esta Comisión por la madre del desaparecido Raúl Ricardo Ruiz; 24 años, técnico mecánico (leg. 13-L-84), secuestrado en la localidad de Cebil Pozo el 11 de noviembre de 1975 por un grupo de alrededor de 10 personas...”.

“... vestidas de civil, pero fuertemente armadas. Lo hicieron en vehículos policiales, según lo manifestado por vecinos del lugar...”.


En el Leg. 101-P-84, vuelve a estar presente una camioneta del Ministerio de Bienestar Social, aunque esta vez es “.... de color verde con franja blanca”.


El Leg. 293-R-84, parece prácticamente sintetizar todo lo descrito hasta aquí, referido a la tipología de la mecánica del secuestro y posterior desaparición de personas. Dicha carpeta se refiere al ciudadano José Zenón Ruiz, 26 años, agente de la Dirección General de Institutos Penales, arrancado de su domicilio en las circunstancias siguientes:

“El 28 de julio de 1975, siendo las horas 3.00 de la madrugada, aproximadamente, hasta su domicilio de calle Italia 3435, de San Miguel de Tucumán, llegó una comisión policial al mando del comisario inspector Roberto Albornoz, integrada por unos 15 efectivos vestidos de civil y armadas con armas cortas y largas, derribaron la puerta del inmueble e ingresaron de inmediato, procediendo a encañonar a la deponente y a su cónyuge, identificado que fue Zenón Ruiz, lo sacaron vestido en su ropa de cama, introduciéndolo en una camioneta de color beige, cubierta ya su cabeza con una capucha. Al querer intervenir a favor de su marido, la declarante recibió sendas cachetadas propinadas por dos de los incursores. No obstante ello alcanzó a decirle al mencionado Albornoz: “mire que se lleva usted detenido a mi marido”, a lo que él respondió dirigiéndose a sus subordinados “hagan entrar a esa mujer o procedan como deben hacerlo”; ante ello fue obligada a ingresar a la vivienda mientras le apuntaban a ella y a uno de sus hijitos... (al marchar la camioneta del lugar) pudo advertir la declarante que se desplazaban en dos camionetas (una de ellas con una leyenda en la puerta que decía “Agua y Energía” y un automóvil”.


1.1.5.3 Utilización de vehículos de las víctimas


También solían usar los vehículos y automóviles sustraídos a las víctimas para realizar sus operativos.


En la causa 163-M-84, el compareciente –secuestrado que recuperó su libertad– dice que una vez que se curó de sus males (del cautiverio) se puso en la tarea de localizar el vehículo (un Chevy modelo 72):

“Realizó numerosas diligencias hasta que confidencialmente le llegó la información de que su automóvil era utilizado por personal militar. Un día se cruza de frente con su automóvil, lo reconoce en el acto, pese a que había sido pintado de azul y en él se movilizaban dos militares uniformados, lo siguió en otro coche discretamente y lo vio entrar en la unidad militar de calle Laprida casi esquina Italia (...) Trató de recurrir a dependencias oficiales y averiguar qué es lo que tenía que hacer y así pasaron varios días hasta que en el diario La Gaceta se publicó que en la zona de Cebil Redondo habían colocado explosivos en un coche Chevy donde había perdido la vida dos personas. Por curiosidad concurrió y descubrió que se trataba de su automóvil que había estado en uso de los militares...”.


En el Leg. 268-B-84 Villalba, Bernardo Samuel. Secuestro y Desaparición, en un párrafo de su denuncia la compareciente expresa:

“... ante su respuestas afirmativa, lo maniataron, vendaron los ojos y lo introdujeron en un automóvil Ford Falcon color verde malva, techo negor, modelo 1976, tipo Futura, chapa patente C639447, motor N° D.P.T.A. 23783, carrocería K.A. 16 P.T. 16595, de propiedad del desaparecido. (...) nunca más tuvieron noticia alguna del automóvil en cuestión...”. A fs.2 figura agregada fotocopia de la denuncia radicada el 22 de abril de 1977, por ante la comisaría de Banda del Río Salí”.


En el Leg. 436-M-85, Mitrovich de Torres Correa y otro,. Secuestro y Desaparición, hay un hecho similar que la denunciante expresa:

“... al ocurrir lo antes indicado, parecería que los captores se llevaron un automóvil de propiedad de la señora ... (...) el cual según lo manifestado en el formulario precedentemente referido, le fue devuelto con posterioridad por autoridades militares”.


En el Leg. 274-R-84, Rondoletto, María Cenador de y otros. Secuestro y desaparición, la denunciante amplía el tema en una parte que dice:

“... el auto de su padre era un Ami 8, tipo Citröen, chapa patente N° T043154 y el de su hermano era un Citröen 3CV, patente N° T037164 (...) le expresó a la compareciente que él mismo condujo el auto de Jorge hasta la Jefatura de Policía de Tucumán (...) al entregarlo pidió una constancia de la entrega del vehículo, pero en la policía se negaron terminantemente a dársela...”.


En el Leg. 78-A-84, Rosales, Francisco Próspero. Secuestro y Desaparición, la denunciante en un párrafo expresa:

“... en la oportunidad los incursores se llevaron una camioneta tipo pick-up marca Chevrolet modelo CS 10734/7/70, motor N° A231-33447. Jamás volví a tener noticias de ese veh+iculo”.


En el Leg. 56-O-84; Ponce, Humberto Rubén. Secuestro y desaparición, el denunciante inserta un párrafo que dice:

“... se marcharon llevándose con ellos al ahora desaparecido y pequeñas cosas como dinero y ropas y además el auto de la esposa de la compareciente (...) el grupo manifestó que era del Ejército”.


1.2 Duración de los Operativos


El desarrollo de los operativos era el trámite rápido y sus secuencias vertiginosas, condición ésta básica, como ya vimos, para asegurar el cumplimiento del objetivo: llevarse consigo a la víctima del allanamiento. La superioridad numérica, la violencia, el despliegue ilimitado a los ojos del detenido, de una fuerza incontrastable por su dimensión y contundencia, etcétera, tenían como complemento necesario la rapidez de las acciones, sin perder nunca la iniciativa. Los efectivos copan la zona, rodean la casa o lugar del secuestro , irrumpen con energía inusitada y una actitud francamente agresiva, propinan golpes a todo aquél que intenta reaccionar, individualizan a la persona buscada, la reducen y la llevan hasta el vehículo operativo golpeándolo continuamente. Toda esta operación se realiza en un lapso que generalmente dura alrededor de 15 minutos.

Un factor imprevisto de demora de los plazos estará dado, generalmente por la ausencia de la víctima, lo que algunas veces suele suceder. En este caso, se inquirirá coactivamente sobre su paradero continuando el operativo en el lugar en que se crean encontrar a la persona buscada, o en caso de ello resultar imposible, había ocasiones en que optaban por esperarla, montando una “ratonera” en el lugar.

Un ejemplo típico de esta situación, acompañado por una larga permanencia en el lugar del secuestro –en este caso el domicilio– está planteado con referencia a la desaparición de María Teresa Sánchez, maestra diferencial, ocurrida el 2 de noviembre de 1976. (Leg. 88-S-84):

Los hechos que se describen a continuación, se desarrollan en el hogar de María Teresa, ubicado en calle San Martín 1326, de esta Capital, donde residía con su familia:

“A horas 2.30 de la madrugada, golpearon la puerta de su casa por el lado del garage. “Abra la puerta, señora, es la policía” (...) penetrando un grupo de 5 o 6 personas con pantalones de fajina, algunos azules, otros verdosos, y camisas comunes de color oscuro, calzados con zapatillas, todos con pañuelos que le cubrían la mitad del rostro. Ordenaron entonces a su esposo que se tirara boca abajo, en un sillón y le ordenaron a la dicente que se encerrara en el baño, mientras tanto le preguntaban a su esposo por su hija, mencionando el nombre de su apodo “Mori”, a lo que su esposo le contestó que no estaba en casa y que les había avisado que esa noche no iba a ir. Luego le preguntaron lo mismo a la dicente; preguntaron si era posible que estuviera en la casa de una amiga de su hija, que vivía a la vuelta, lo que también le extrañó a la que habla, ya que también la mencionaron por su nombre (...) Luego de esto los encerraron a la declarante y a su esposo en su propia habitación, bajo llave, mientras que un grupo se dirigió a las habitaciones de atrás y otros subían a los techos de la casa. Continúa su relato diciendo que el grupo se quedó en la casa toda la noche: en el comedor algunos, y otros en el consultorio de su hijo. Al día siguiente la despertaron a la doméstica y le pidieron que les hiciera el mate cocido (...) Que alrededor de las 10 de la mañana llegó a su casa su otra hija casada, que vivía a la vuelta, abriéndole la puerta los policías, haciéndola entrar y encerrándola en una de las habitaciones que estaban vacías; pero poco tiempo después pidió encarecidamente que la dejaran volver a su hogar, ya que había dejado el horno prendido y su pequeño hijo que nadie lo cuidara (...) Luego, a eso de las 11 de la mañana, llegó su otro hijo, haciéndolo entrar de igual manera e introduciéndolo en la habitación en la que estaban la que narra y su esposo; lo mismo ocurrió cuando llegó su hijo mayor de su comercio, encerrándolo en la misma habitación. A las 13.30 horas llegó su hija Mori de la escuela y el grupo la sorprendió; en ese momento pegó un grito que inclusive lo escucharon los vecinos (...) el grupo de secuestradores permaneció en su casa hasta las 7 de la tarde, hora en que se retiraron”.


1.3 Lugares donde se realiza el Operativo Secuestro

1.3.1 Secuestro en el domicilio de la víctima


La inmensa mayoría de los secuestros son ejecutados en las viviendas de las personas buscadas. Casi la totalidad de los testimonios transcriptos hasta ahora pueden clasificarse dentro de esa categoría (92% aproximadamente).

Resulta evidente que este “modus operandi” de los grupos terroristas que actuaron en la represión era el que mejor resultados les ofrecía, en cuanto a seguridad, eficacia y rapidez.

Por otro lado, el hecho de que el 92% de los secuestros hayan sido perpretados en el domicilio de las víctimas, con ostentación y despliegue abrumador de efectivos, violencia y medios militares frente a individuos indefensos, siempre con presencia de testigos, utilizando medios y estructuras institucionales, etcétera, pulveriza una de las principales falacias utilizadas por los apólogos de la doctrina de seguridad nacional y por las usinas propagandísticas del terrorismo de estado, en el sentido de que se libró una guerra, en la que se cometieron excesos, inevitables en toda contienda armada, de lo que resultaría que las desapariciones son parte de excesos.

Lejos de eso, la desigualdad grotesca de estos supuestos “combates” como los que estamos transcribiendo, tornan una negra humorada dicha caracterización de “guerra”, siempre acompañada de adjetivos grandilocuentes por la propaganda del régimen: “guerra heroica contra la subversión”, “guerra triunfante”, “guerra en defensa de los valores occidentales y cristianos”, etcétera.

Ni hubo guerra, ni se trata de meros excesos, ni mucho menos de hechos aislados. Estamos en presencia de una acción represiva, planificada con cruel racionalidad, con el objeto de difundir el terror y frente a violaciones sistemáticas de los derechos humanos.

De esta manera, la comprobación categórica de que un grado incomparable de secuestros se perpetraron en el domicilio del desaparecido, constituye una de las pruebas más fehacientes –como ya dijimos– de la falsedad de los slogans represivos repetidos durante años.

Analizaremos a continuación algunas de las variantes que podían presentarse en los operativos realizados en los domicilios de las víctimas, cada una de ellas compendios parciales del horror represivo.
Utilización de los familiares para ubicar a las víctimas


Cuando los captores irrumpían en el domicilio, encontrándose ausente la persona buscada, no vacilaban en coaccionar –castigando duramente– a los familiares para que les informaran sobre el paradero de la misma, e inclusive con el mismo familiar acudían al sitio donde presuntamente podría encontrarse la víctima.


Veamos la declaración efectuada por la madre de la ciudadana María Carmen Jaramillo Galindo (27 años, profesora de historia) desaparecida el 8 de enero de 1976 en Villa Marcos Paz, Yerba Buena (Leg. 41-G-84)

“... (su marido) oía que por la puerta del fondo lo llamaban por su nombre de pila, al decir “Don Manolo, abra la puerta”, repetidas veces. Por supuesto que su marido no abrió y que por el contrario comenzó a dar gritos de auxilio, cuando derribaron la puerta del fondo y entraron cuatro personas (...) Le preguntaron por su hija Carmen a lo que su esposo contestó que ésta se encontraba en la casa de su otra hija casada ya que el marido de ésta se encontraba en Santa Fe. Fue entonces que lo obligaron a acompañarlos a la casa de su otra hija a buscar a Carmen; así como se encontraba con pijamas lo llevaron a su esposo subiéndolo a un vehículo, que luego se enterará que eran cuatro autos los que participaron en el operativo. Llegados entonces a la casa de su hija Teresa y luego de que identificara al que estaba al mando, se comunicó por radio a los otros vehículos, diciéndoles que ese era el lugar, hecho lo cual la unidad anterior que lo llevaba a su marido siguió viaje, dando numerosas vueltas antes de devolverlo a su hogar...”.


En el caso del secuestro de Nemesio Barrionuevo (36 años, empleado ferroviario), desaparecido desde el 17/3/76, en su domicilio de Tafí Viejo, los captores obligaron a su hermano a acompañarlos utilizando para ello como rehenes a la esposa e hijos de éste (Leg. 312-B-84).

“... un grupo compuesto por muchas personas que se movilizaban en 3 vehículos particulares, se presentaron en su domicilio a la 1.50 aproximadamente de la madrugada, golpearon la puerta y de pronto se dio con que una persona lo encandilaba con una linterna muy potente y otro le ponía una ametralladora en el pecho, pudo advertir que todos, menos uno, estaban con la cara cubierta y eran muy violentos. Vestían todos de uniforme policial. Al ingresar a la vivienda, le preguntó si él era Humberto Barrionuevo, el compareciente le contestó que no, que Humberto era su hermano, en ese momento su esposa quiso prender la luz del velador, y uno de los incursores le dio un culatazo en el pecho, que la despidió contra el suelo. El que comandaba el grupo le dijo que lo llevara al domicilio de su hermano y que si no lo hacía o lo confundía, mataría a su esposa y a su hijo de dos años de edad, motivo por el cual dejarían a dos personas en la casa. Ante tal cuestionamiento el compareciente tuvo que acceder y lo introdujeron en un automóvil Torino, en donde había un negro corpulento que lo golpeó brutalmente, en verdad, todo el trayecto fue objeto de fuertes golpes, en el vehículo tirado en el piso correspondiente al asiento trasero, en donde también fue salvajemente golpeado, tan es así que le produjeron tres heridas en la cabeza (...) a cada rato le decían que lo iban a matar (...) El secuestro de su hermano les llevó 10 minutos, nuevamente volvieron al auto y arrancaron. En un momento determinado el que estaba a cara descubierta dijo: “y con éste qué hacemos”, a lo que el negro que le apuntaba dijo “lo matamos”, a lo que el otro contestó: “ya no nos sirve para nada, así que lo largamos” (...) Luego lo dejaron, entró a rogar por su hermano; en ese instante sintió un tiroteo y luego supo por versiones de vecinos que habían sacado a otro muchacho, por lo que estima debe ser el mismo grupo que sacó a su hermano y al compareciente. A consecuencia de lo acontecido, su esposa quedó con una depresión nerviosa, motivo por el cual la tuvo internada en un sanatorio neurosiquiátrico y el suegro de su hermano quedó postrado, más muerto que vivo...”.


Conocimiento en detalle de características personales de la víctima


Resulta llamativo en algunos casos el conocimiento detallado de que hacían gala los incursores en relación a la persona cuya aprehensión procuraban:

“... fueron despertados por luces de linterna que los enfocaban en el interior de la casa (...) como si conocieran la casa, y en especial, la cama donde dormía Manuel Fortunato, se fueron directamente hacia allí y llamándolo por su apodo de “Negro Correa”, le ordenaron levantarse...”.


No cabe duda de que en este caso actuaban guiados o asesorados por alguien que conocía cercanamente a la víctima. (Leg. 215. Desaparición de Manuel Fortunato Correa, 25 años, jornalero, domiciliado en el ex ingenio San José).

“... irrumpieron en su domicilio unos 10 hombres vestidos de civil, fuertemente armados y encapuchados. Una vez dentro del inmueble, uno de los incursores se dirigió hasta la cama donde dormían sus dos hijos y señalando a Rubén, les dijo a sus compañeros: “ése es”. De inmediato lo hicieron levantar y sin darle tiempo para que se vista, lo esposaron y descalzo, en paños menores, se lo llevaron...”. (Rubén Ignacio Zapata, 32 años, obrero, desaparecido desde el 25-11-75 en El Manantial, Departamento Lules. Leg. 214-V-84).


En el Leg. 283-V-84 (Vizcarra, Manuel Tomás y María Santos Madrid de) leemos:

“... que con fecha 20 de octubre de 1976 un grupo de personas –muchos– se presentaron en el domicilio de... (...) y luego de echar abajo la puerta (...) no le permitieron prender las luces y fueron encandilados con una linterna muy potente, no obstante (...) pudo ver que la mayoría portaba armas cortas y largas y que la mayoría del grupo calzaba botas tipo militar (...) todos estaban a cara descubierta menos uno que usaba capucha, y que era el que aparentemente comandaba el grupo (...) éste (el de la capucha) fijó su vista en un cuadro familiar y dijo “ésta es Chicha”, y así fue enumerando a cada uno de los miembros de la familia por sus nombres o apelativos, lo que evidenciaba la certeza de ser alguien que los conocía (...) su hermano, hoy liberado, cuenta que luego de un recorrido en el vehículo en que eran transportados, fueron dejados en un lugar que él pudo reconocer como “el ingenio Nueva Baviera” (para esa fecha base militar) (...) su hermano fue enviado a la cárcel de Villa Urquiza, luego es trasladado a la cárcel de Sierra Chica, Olavaria, provincia de Buenos Aires, donde finalmente con fecha 24 de diciembre de 1977 es dejado en libertad”.

1.3.2 Secuestros en lugares de trabajo o estudio


Transcribimos el testimonio de la esposa de Manuel Antonio Trátalo, obrero azucarero, desaparecido a los 21 años, el 13-05-76 (Leg. 178-T-84):

“... en esa época su marido se desempeñaba en el ingenio San Juan, perteneciente entonces a CONASA, donde cumplía horario de 7 de la mañana a 2 de la tarde. Ese día, su marido salió de la casa rumbo al trabajo como a las siete menos veinte (...) y como a las 7 y 10 o 15 minutos, un obrero llamado....., fue hasta su domicilio y le avisó “ya lo llevaron a su marido”, porque en esa época habían desaparecido varias personas de la zona y obreros del ingenio, sacados de sus casas por grupos de civiles o militares uniformados y todos vivían con el temor de ser visitados en hora de la noche y ser detenidos también. Cuando ......... dijo así, inmediatamente se levantó con su hijito de 9 meses de edad, corrió a la casa de su suegra y después al ingenio, donde muchos obreros le contaron lo siguiente: que más o menos a las siete menos diez de la mañana, cuando todos entraban al trabajo, advirtieron la presencia de varios automóviles desconocidos y un grupo de personas vestidas de civil, con ropas de obreros y portando armas de guerra. Todos los obreros que entraban a la fábrica se encolumnaban para marcar la tarjeta en el reloj, los miraban con temor porque sospechaban que estaba allí para detener a alguien; que entre esas personas estaba su marido quien después de marcar su tarjeta siguió caminando hasta su puesto de trabajo (...) pasando frente a ese grupo de personas sin que lo hablaran, por lo que evidentemente no lo conocían, pero cuando ya seguía caminando hacia su lugar de trabajo lo llamaron por su apellido. Que su marido se detuvo y se dio vuelta, entonces lo tomaron por los brazos para llevarlo y al parecer, se resistió, entonces con una de las armas le aplicaron un violento golpe en la cabeza produciéndole una herida que sangró en el acto, a tal punto que quedaron en el piso manchas de sangre; que a la rastra lo metieron en un automóvil y se alejaron del lugar. Que mientras realizaban este procedimiento a todos los empleados y obreros que llegaban a trabajar los hicieron poner manos arriba, apuntándolos con las armas. Cerca de veinte personas presenciaron lo sucedido, entre ellas una empleada administrativa que, según le dijeron al contemplar la escena se desmayó (...) Como el ingenio tenía personal de vigilancia en todos los portones, (...) resulta evidente que los entonces responsables de la fábrica azucarera y los del servicio de vigilancia les permitieron la entrada y que estacionen allí los coches, permaneciendo en el lugar más de veinte minutos...”.
Igualmente mencionamos el caso del desaparecido Pedro Benicio Silva, secuestrado el 17 de noviembre de 1976 de su lugar de trabajo, en una oficina de asesoramiento laboral, en calle Ayacucho 517 de esta Capital. En relación a este caso, mencionamos asimismo que en nuestro poder obra una denuncia formulada por el suboficial principal (R) del Ejército ........, quien vincula la desaparición de Silva –ex empleado del ingenio Lules– con maniobras dolosas cometidas por esa empresa durante el período en que está comprendida la fecha de secuestro del causante, período igualmente (menciona el citado denunciante suboficial Pérez) en que el ingenio subvenciono el mantenimiento de un destacamento del Ejército en su predio, que sirvió “de pantalla para ilegales procedimientos”. (Leg. 221-D-84).

El día 10 de agosto de 1976, fue secuestrado en la zona de Santa Lucía por efectivos militares, el ciudadano Juan de Dios Gómez, en momentos en que se encontraba cumpliendo con su trabajo en el negocio en que estaba empleado. Esta es la versión de tales hechos, relatados por su madre:

“... su hijo se encontraba trabajando en la despensa conocida en la zona como “La Despensa”, que es propiedad de un señor Lobo (no sabe el nombre), y del señor Mario Graneros. A dicho negocio se va a ensillar caballos y queda ubicada como a dos kilómetros de la Villa de Santa Lucía, para el lado del cerro. Siendo aproximadamente las 18hs. llegó una patrulla militar, compuesta por cuatro personas comandada por el Teniente Flores (del cual no conoce el nombre); tomaron a su hijo a golpes, le vendaron los ojos, le ataron las manos a la espalda y lo introdujeron en una camioneta color azul de la policía y lo llevaron con rumbo desconocido. Que este hecho le contó uno de los vecinos de nombre Miguel Cativa... que vio los hechos que cuenta”. (Leg. 260-G-84).


El 13 de julio de 1976, a las 17 horas, fue detenido ilegalmente en la finca citrícola en que trabajaba el ciudadano Salvador Leocadio Navarro, en la localidad de Villa Carmela, Yerba Buena, recuperando la libertad un mes después.

“... en momentos en que se encontraba trabajando (...) llegaron al lugar unos 4 o 5 vehículos (automóviles y un camión) de los que descendieron alrededor de 6 hombres vestidos de civil y fuertemente armados (...) El grupo armado hizo bajar del camión a una chica a quien conoce con el nombre de Liliana únicamente, la cual lo señaló diciendo: “ése es”. Agrega en este momento que meses antes (un año más o menos) algunos militantes de la Juventud Peronista le habían pedido que les guardara una caja o bolsito de material plástico cuyo contenido el deponente desconocía y que una de las personas que le pidieron eso, era Liliana. De inmediato los desconocidos le propinaron algunos golpes al igual que a Sosa, además de colocarle el caño de sus armas en la cabeza (...) (luego de lo cual) lo obligaron a subir a un automóvil de color rojo, y partieron con rumbo desconocido...” (Leg. 229-N-84). “... Aclara el compareciente que tardó tiempo luego de su liberación, en volver a la vida normal, y le quedaron como secuelas del cautiverio problemas de reuma, piorrea y desnutrición”.

El desaparecido Humberto Alfredo González (Leg. 200-A-84) fue secuestrado el 20 de setiembre de 1976 de una imprenta de su propiedad, sita en Córdoba y San Miguel, en pleno mediodía, por un grupo de alrededor de 10 personas, algunos con uniformes de la policía provincial.


De Simoca, a la salida de la Escuela donde enseñaba –en la localidad de La Rinconada– fue secuestrado el 8-2-75, para nunca más aparecer, el maestro y estudiante universitario Pedro Antonio Medina, 24 años de edad a esa fecha, por dos coches patrulleros de la policía provincial en presencia...

“... de numerosas personas que circulaban por la ruta (que une La Rinconada con Simoca) y de personas que estaban en las inmediaciones de la entrada a Simoca...” (Leg. 230-M-84)


Raúl Alberto Cabrera fue secuestrado del ingenio Bella Vista el 3-8-75 por un grupo de personas de civil a las 4.30 horas, quienes se identificaron como pertenecientes a la Policía Federal, significando ello el comienzo de un cautiverio de alrededor de 45 días al cabo de los cuales recuperó su libertad, tras ser reconocido como detenido, sufriendo una larga lista de apremios ilegales.


Secuestros en sus lugares de trabajo

Causa 370-E-84. Espinosa, Juan Carlos. Secuestro y desaparición.

El único dato que obra en nuestro poder es que el mencionado Espinosa, para el día 17 de julio de 1976 se encontraba trabajando como recepcionista en el Hotel Claridge, de calle Maipú al 500 de esta ciudad, y fue secuestrado de su lugar de trabajo a las dos de la madrugada, desconociéndose otro dato. Con tal motivo se envió oficio al hotel, contestando éstos que eran nuevos dueños, así que lamentablemente desconocían el hecho mencionado.


Causa 17-B-84. Bejas, María Cristina. Su secuestro y posterior desaparición.

Expresa entre otras cosas:

“... desaparición de su hija ocurrida el 13 de abril de 1977, la que se desempeñaba como sicóloga. Para esa fecha en el Colegio General Belgrano, se debía desarrollar una conferencia auspiciada por el “Movimiento Familiar Cristiano”. En la puerta de acceso al colegio, ubicado en calle Chacabuco entre Piedras y General Paz, un desconocido de civil que desde hacía rato merodeaba por el lugar, la tomó sorpresivamente de atrás, tapándole la boca y obligándola a subir a un automóvil Peugeot de color naranja, chapa patente de Buenos Aires, no sabe el número, que estando estacionado en las proximidades se acercó de inmediato al lugar del hecho. Esto les fue informado por un joven vecino del lugar que presenció lo acontecido. En base a ello se dirigió a la Jefatura de Policía y al guardia que estaba sobre calle Santa Fe le dijeron que iban a denunciar lo acontecido. En ese momento, el hermano de la causante observó que en la playa existente en el interior del local policial estaba estacionado un automóvil de idénticas características al utilizado en el secuestro, lo que hizo notar al guardia, respondiendo éste que no podía ser, por cuanto dicho vehículo se hallaba desde hacía una semana sin distribuidor. En este estado informan los denunciantes que desde hacía días venían recibiendo llamadas telefónicas anónimas, en las cuales les manifestaban que era mejor que María Cristina se marchase de la provincia, ya que sería detenida de un momento a otro...”.

Un caso patético es el de la causa 126-P-84. Carreras, Juan Francisco. Secuestro y desaparición.

1.3.3 Secuestros en la vía pública


El 30 de mayo de 1976, cuando salía de su casa luego de almorzar para concurrir a ver un partido de fútbol, fue secuestrado en plena vía pública el joven Enrique Raúl Fernández, estudiante, de sólo 18 años de edad, según testimonios obrantes en el Leg. 37-P-84. Transcribimos la denuncia de su madre:

“... Sabe la denunciante por versiones del Sr. Roberto A. Caram, que a esa fecha vivía en calle Lamadrid al 1.100 (...) quien dice haber presenciado, cuando un automóvil Ford Falcon color celeste, sin chapa patente, que apareció de contramano por calle Alberdi y entró por su mano, en calle Lamadrid y cuando llegaron a donde iba caminando su hijo, descendieron dos personas y lo tomaron por sorpresa, introduciéndolo en el interior del coche; dice Caram que su hijo gritó de dolor e inmediatamente el coche se alejó velozmente por calle Lamadrid. También sabe (por otro testigo) ... que atrás del coche Ford Falcon celeste iba otro de la misma marca, color blanco, haciendo sonar insistentemente la bocina, como pidiendo paso...”.


Similares circunstancias rodearon el secuestro de Adriana Cecilia Mitrovich de Torres Correa, estudiante de 25 años, secuestrada en el trayecto que media entre la casa de un compañero de estudios y la suya, sin que existan noticias sobre su paradero, salvo las aportadas por Juan Martín que afirma haber compartido con ella una celda en el campo de concentración ubicado en la compañía de Arsenales Miguel de Azcuénaga.

Vale la pena aquí detenernos un instante para efectuar una breve digresión. Como viene surgiendo hasta aquí del detalle de causas que se van enunciando, así como del análisis del conjunto de denuncias que se han formalizado por ante esta Comisión Bicameral, no puede dejar de destacarse un importante hecho, común a la casi totalidad de los casos.

Nos estamos refiriendo a la existencia de testigos presenciales de los hechos, en el momento y oportunidad de consumarse el secuestro de los ciudadanos y su posterior asesinato o desaparición.

Nuestra Comisión ha tenido especial cuidado en la alusión de estas personas en preservar su integridad, o en evitar exponerlos a cualquier tipo de represalias, siendo esa la razón, salvo cuando existió indicación en contrario, por lo cual se omite su identidad y se ha dejado en blanco el espacio correspondiente a sus nombres.

En algunos casos, el desparpajo y la ostentación de los captores los ha llevado a accionar con verdadero desprecio por esta circunstancia, obrando a la vista de todos.

En otros casos, es evidente la cautela y el afán de no dejar huellas, pese a lo cual, por el sólo hecho de que una abrumadora proporción de las detenciones se realizara en el domicilio de las víctimas, está siempre presente el testimonio de los vecinos.

Proseguimos a continuación con el hilo del análisis.

Al día siguiente de la desaparición de Adriana, se produjo la de su esposo, Ricardo Torres Correa, de 29 años, estudiante, empleado de la U.N.T., secuestrado también en la vía pública el 29 de abril de 1977 junto a la doctora Graciela Bustamante de Argañaráz, de 25 años, médico, casada y madre de un niño de corta edad, de cuyos legajos (67-M-84) surge el siguiente testimonio:

“El día 29 de abril, aproximadamente a las 12 hs., al hacer abandono de sus tareas como médico del Hospital del Niño Jesús, después de firmar el libro de salidas, fue buscado por un amigo (Ricardo Torres Correa) para informarle que su esposa, Adriana Mitrovich de Torres Correa, había sido secuestrada la noche anterior. Ascendió al auto de su amigo y en las proximidades del Hospital fueron interceptados por un grupo de personas que, a estar a la versión de circunstanciales testigos, fueron obligados a seguirlos”.


En la denuncia de desaparición de Adriana Mitrovich de Torres Correa y Ricardo Guillermo Torres Correa (Leg. 437-M-85) ratificada ante nuestra Comisión, se agrega que la visita de Ricardo a la Dra. de Argañaraz, se relaciona con la hijita de aquél que se encontraba enferma.

El día 5 de enero de 1977, salieron de su domicilio rumbo a la fábrica Confecciones del Tucumán S.A., donde trabajaban Eduardo Nicanor Giménez –dirigente gremial de la misma– y su esposa María Cristina Araoz, desapareciendo ambos en el trayecto (Leg. 3-G-84).

En el caso del Dr. Máximo Eduardo Jaroslavsky, 37 años, prestigioso médico residente en nuestro medio, el mismo fue secuestrado en circunstancias que aún no se conocen, cuando se retiró de la clínica cardiológico, de la que era copropietario, para visitar a sus pacientes, desapareciendo conjuntamente con su automóvil Citröen Ami 8 Club. Estos hechos se produjeron después de las 21 hs. del 19 de noviembre de 1975. Según el testimonio de la madre de la víctima, Blanca Gerchunoff de Jaroslavsky, incluido en el Leg. 365-J-84, correspondiente a la denuncia asentada en esta comisión Bicameral, existen indicios de la permanencia de Máximo Eduardo en poder de las FF.AA.

“... este señor (Alberto Pawli) que se desempeñaba en 1975 como funcionario del Ministerio de Bienestar Social en la Provincia de Río Negro (...) fue detenido y conducido en esa situación a Bahía Blanca. En el transcurso del vuelo, tuvo oportunidad de conversar con el General Acdel Vilas, y éste le preguntó si conocía al Dr. Jaroslavsky, a lo que Pawli le contestó que no, que él conocía al padre y al hermano del Dr. Máximo Jaroslavsky, a lo que Vilas acotó: “a ese, al Dr. Máximo Jaroslavsky, lo tenemos nosotros...” (Fs. 25/26).


Un patético ejemplo de la soltura e impunidad con que efectuaban su trabajo las patotas de secuestradores que conformaban los llamados grupos de tareas, lo constituye el secuestro –y posterior desaparición– del ciudadano Felipe Arturo Urueña, conocido dirigente gremial ferroviario. Urueña fue detenido ilegalmente por personal de civil en pleno centro de esta ciudad, en la intersección de calles 25 de Mayo y Córdoba, en la vereda del Correo Central, en una hora de intensa actividad y a plena luz del día (9.30hs.) del 28 de enero de 1977, siendo aprehendido, como dice el recurso de corpus corpus interpuesto a su favor por su madre en 1979.

“... por grupos de personas que prima facie actuaban en ejercicio de alguna forma de autoridad y que ejercían en el momento del secuestro una fuerza material irresistible”. (Folio 5, Leg. 65-U-84).


Habiendo sido allí detenido, fue conducido a continuación:

“... hacia un carro de asalto de la Policía de Tucumán, en la vereda de la confitería “Ciervo de Oro”, ubicada en calle San Martín 453 de esta ciudad, según manifestaciones de personas que se encontraban allí presentes quienes transmitieron estos detalles con posterioridad a sus familiares...” (F.1, Leg. cit.)


También en pleno centro –a la salida de la Facultad de Derecho (Santiago y Muñecas) – desapareció la joven Luisa Ana Ibáñez, estudiante de Derecho, 29 años, el 27-11-77.

“... en la esquina de Santiago y Muñecas, a hs. 21.30 aproximadamente, fueron interceptados por un vehículo del cual descendieron un grupo de personas de civil, a cara descubierta, portando armas cortas y largas (...) uno de los que descendió del vehículo que era un Ford Falcon sin chapa, color naranja, le dijo al compañero de su hija que se fuera de inmediato y le dio un empujón (...) vieron que Luisa era introducida en forma abrupta dentro del vehículo y partieron con rumbo desconocido...”. (Leg. 433-1-85).

En cuanto al secuestro y desaparición posterior de José Edgardo Córdoba, estudiante, 24 años, hecho ocurrido el 4-11-75,

“... el día del secuestro, su hijo José Edgardo sale de trabajar del colegio José Manuel de Estrada y tenía que regresar al domicilio a almorzar pero no lo hizo (...) tratando de recomponer el itinerario que realizaba todos los días, se enteraron por unos operarios de la firma Cincotta que funcionaba en calles Catamarca y San Juan, que más o menos a esa hora habían detenido la marcha tres automotores del 1ue descendieron varios individuos vestidos de civil, quienes procedieron a la detención de un muchacho joven y se lo llevaron...”. (Leg. 238-C-84).


1.3.4 Otros lugares de secuestro


Hemos aclarado ya que el 92% de los secuestros se produjo en el domicilio de las víctimas, y nos hemos referido también a los casos de secuestros practicados en los lugares de trabajo o estudio y a los efectuados en la vía pública. Nos referiremos ahora a situaciones que si bien no poseen la misma relevancia en relación al número de secuestros realizados, son altamente ilustrativas de las dimensiones del accionar del terrorismo de estado y la saña persecutoria del régimen. Como resulta propio a un régimen totalitario y represivo, la persecución a los ciudadanos llegó a todos los niveles.


En Hospitales


(Leg. 101-P-84). Se refiere al secuestro y posterior desaparición de los hermanos José Fernando y Carlos Bautista Poli, de 30 y 28 años de edad, respectivamente, ambos técnicos mecánicos automotrices y operarios del ingenio Santa Rosa.

Según nos relató su hermana, la sucesión de los hechos es la siguiente:

“...Aquel día, en un operativo a cargo de fuerzas militares y policiales encapuchadas, intentaron secuestrar a mis hermanos Carlos y José Poli de su domicilio. Al resistírseles, Carlos fue herido de bala...”.

El siguiente párrafo de su testimonio merece especial mención:

“... (un testigo presencial) dice: lo único que vi fue cuando José Poli sacó corriendo con un sifón a uno de los encapuchados que portaba una ametralladora, tras lo cual quedó frustrado el operativo”.

Y prosigue:

“Al día siguiente, mi hermano José manifestó a mi madre que el comisario Moreno (de ese entonces) fue quien hirió a Carlos, y que se movilizaban en una camioneta del Ministerio de Bienestar Social color verde con una franja blanca (...) Mi hermano Carlos fue trasladado al Hospital Padilla y luego de ser intervenido quirúrgicamente fue alojado en el segundo piso y al día siguiente lo trasladaron a la planta baja. Fue precisamente el 20 de enero cuando se produjo el secuestro de mis hermanos para lo cual cortaron el suministro de energía eléctrica, teléfono, y efectuaron disparos. Los autores del operativo en el Hospital Padilla fueron encapuchados y vestidos de militares (...) Posteriormente llegaron a mi domicilio Policía y Ejército, con el propósito de averiguar quién se responsabilizaba de mis hermanos. (...) Habiendo hecho innumerables gestiones por saber el paradero de mis hermanos y sin tener el más mínimo dato, encaro este pedido de esclarecimiento por esta nueva vía democrática en la cual deposito toda mi confianza, considerando que es la única que tendrá la firmeza de sostener la defensa para todos y en especial para los que sufrimos la impotencia de no poder hacernos escuchar...”:


También del Hospital Padilla fue secuestrado el 17/9/76, a las 10 de la mañana, mientras realizaba una práctica médica en dicho nosocomio, el estudiante Hernán Eugenio González, de 20 años de edad, por 4 individuos fuertemente armados, vestidos de civil, que se identificaron como pertenecientes a la Policía Federal. Fue visto posteriormente por un testigo en el campo de detención secreto ubicado en la Compañía de Arsenales”. (Leg. 185-G-84).


Pese a estar rodeados de distintas circunstancias (el compareciente decidió presentarse a las autoridades militares el 27 de marzo de 1976, eligiendo para esos fines hacerlo en el Hospital Militar) también fue secuestrado de un nosocomio el ex intendente Carlos María Torres, detenido ilegalmente durante varios días.

“... Que en vista de esa situación el día 27 de marzo de 1976, a las 17 hs. se presentó espontáneamente en el Hospital Militar conjuntamente con Carlos Arístides González. En ese lugar los atendió un capitán médico, que cree se llamaba Antolín Dulac, o Dalac, no recuerda bien, el que les dijo que ya habían hablado en la Jefatura, para que lo vengan a buscar al exponente. El mismo les aclaró que su decisión era presentarse ante autoridades del Ejército y no de la Policía, a lo que el otro contestó que había procedido conforme a las instrucciones que para estos caos había recibido de la superioridad. Esperaron un rato, y cuando entró un automóvil, que cree era un Chevy, vino una persona, le vendó los ojos, le ataron las manos hacia la espalda y le hicieron subir en un vehículo y le llevaron a un local que no puede precisar cuál era, por las circunstancias de estar con los ojos vendados, pero que le parece eran dependencias policiales. En ese lugar, que no sabe si era la Jefatura de Policía o la Brigada de Investigaciones, pero que seguro era una repartición policial, fue salvajemente torturado y picaneado, por lo menos dos veces durante el día y preferentemente de noche... (...) Que de ese lugar fue sacado también vendado y atado cubiertos el rostro y parte del cuerpo por una bolsa y trasladado a otro lugar que luego supo, era el Departamento de Educación Física. (Deduce este hecho por una serie de razones que se detallan en la declaración)”. (Leg. 276-T-84).
En lugares de esparcimiento

El 17 de julio de 1976, un grupo de encapuchados que se movilizaban en automóviles sin identificación, irrumpieron violentamente en la Peña Alto La Lechuza, a las 2 de la madrugada. Allí fueron secuestrados seis estudiantes oriundos de la provincia de Jujuy.

“... Se encontraban los nombrados festejando el cumpleaños de Hugo Antonio Narváez, se presentaron seis personas encapuchadas portando armas de fuegos, quienes amenazándoles hicieron que mi hijo José Gerardo Jarma, Hugo Antonio Narváez, Rubén Canseco y Rubén Molina, se acercaran a ellos obligándolos a salir fuera de la peña, llevándolos en dos autos, uno de marca Ford y el otro Torino, ambos sin chapas...”.


Este procedimiento fue relatado por testigos oculares que se encontraban en la Peña al momento de ocurrir el hecho. Antes que se presentaran los encapuchados en la peña, allanaron previamente el departamento donde vivían los jóvenes, pero solamente estaban estudiando Osvaldo Jayat, Gerardo Herrera y Víctor Léeme, a quienes los obligaron mediante amenazas a decir dónde se encontraban los otros, llevándoles luego a un paraje llamado El Manantial donde los abandonaron.

Todos estos datos están contenidos en el Leg. 376-C-84, por la desaparición de José Manuel Cabrera, de 23 años de edad, estudiante de abogacía, y Leg. 347-J-84, Juan Gerardo Jarma, 21 años, estudiante de la Facultad de Medicina.


En el caso de los hermanos Juan Eugenio y Francisco Armando Aranda (Leg. 59-A-84), su secuestro se produjo mientras asistían a la fiesta del casamiento de un pariente cercano.

Otros casos

En un capítulo especial nos referimos al secuestro y posterior desaparición de jóvenes que se encontraban haciendo el servicio militar, y que desaparecieron en los lugares donde lo cumplían.

También se produjeron secuestro en comisarías. El cabo de policía Juan Carlos Castro, fue secuestrado de la Comisaría de la Reducción por un grupo de policías uniformados. (Leg. 226-C-84).

El ciudadano Juan Andrés Molina fue secuestrado en la puerta de la Comisaría 9a.

El policía de la provincia Wenceslao Quinteros, de 38 años, fue secuestrado en horas de la mañana en la sucursal Ciudadela del Banco de la Nación. (Leg. 425-Q-84). Hacemos alusión en un capítulo especial a este caso, dado las particulares circunstancias que reviste.

El joven Víctor Hugo González Toledo, de 23 años de edad al momento de su detención, fue secuestrado por un grupo de policías con uniformes el 25 de mayo de 1977, de la escuela nocturna a que asistía.

“... Mientras concurría al homenaje de la fecha patria, en el establecimiento escolar de la escuela Lidoro Quinteros, a la que asistía regularmente como alumno cursante de séptimo grado y siendo aproximadamente las 15 hs. se presentó un grupo de personas desconocidas, presuntos policías y lo llevaron detenido junto a otro compañero de la escuela llamado Luna, que residía en El Palomar quien apareció a los tres días con los ojos vendados detrás de Atlético, pero a mi hijo desgraciadamente no me lo entregaron y sé que es inocente, “lo juro”, puesto que él jamás estuvo vinculado a nada que fuera política. En mi calidad de madre desesperada de mi hijo único les suplico que hagan todo lo posible para cuanto antes suceda que me entreguen a mi hijo”. (Leg. 120-T-84).


La señorita María Celestina González Gallo, de 23 años de edad en ese momento, maestra normal y estudiante de Filosofía y Letras, fue secuestrada el 23 de noviembre de 1976, de la sede de un Juzgado de Paz por cuatro hombres vestidos de civil. Se trata del Juzgado de Paz de Los Pereyra, departamento Cruz Alta. Volvemos sobre el caso más adelante.



2. Saqueo de las casas durante el operativo. El botín de guerra


El pillaje y la rapiña cometidos contra las víctimas de la represión por parte de quienes participaron de la misma, es uno de los aspectos más repugnantes del terrorismo de estado. La reiteración sistemática del pillaje hace pensar en una verdadera organización clandestina montada para repartirse los bienes mal habidos durante los procedimientos, y la institución sui generis de “premios” para los brutales integrantes de los grupos de tareas. Puede verse a lo largo de los casi cinco centenares de denuncias recibidas por nuestra Comisión que el saqueo se convirtió en verdadera obsesión por parte de los represores, alucinados por la sed de rapiña de objetos de valor. Hacemos mención a que han trascendido a lo largo y ancho del país toda clase de denuncias sobre este punto, lo que nos hace pensar que el botín de guerra formó parte principal de la metodología represiva que estamos describiendo, y que se derivaba del código de disposiciones secretas que regían el aparato represivo durante estos años. Recuérdese que según han denunciado prisioneros sobrevivientes del campo de concentración de la ESMA, los integrantes del grupo de tareas que funcionaba en el interior de ésta habían montado verdaderas empresas para comercializar el producido de los saqueos.

En el Leg. 170-P-84 está asentada la denuncia por secuestro y posterior desaparición de Bernardo Puita Cáceres, boliviano nacionalizado argentino, hecho ocurrido el 17 de mayo de 1978; su compañera declara que tras ocupar los uniformados la vivienda (habla de uniformes verde oliva, botas y birrtes), golpear salvajemente a su marido, atarlo y trasladarlo al camión del Ejército que esperaba afuera:

“... volvieron y se dedicaron a romper las cosas de la casa (...) y luego se llevaron muchas de sus pertenencias, entre ellas las camas, ropas del secuestrado, la compareciente y los chicos, los documentos de identidad de todos, una cocinita a kerosén, una lámpara de gas, etc.”.


En la denuncia referida al secuestro y cautiverio de Rubén Bernardo Aráoz, liberado posteriormente, se menciona la pérdida durante el operativo de allanamiento a su domicilio, de un reloj pulsera, anillos, cadenas de oro, joyas de plata y cubiertos. (Leg. 296-A-84)

En la denuncia referida a la desaparición del matrimonio Julio Vicente Décima, técnico electricista, 28 años, y su esposa Lidia Flora Salazar Décima, de 26 años, empleada, hecho ocurrido el 5 de marzo de 1975:

“... esas personas estaban vestidas con ropa azul –igual a la que usa la Policía Federal o de la Provincia, no sabe exactamente– a cara descubierta, portando armas largas, sin ninguna tonada en especial, parecían tucumanos y luego de eso le causaron destrozos en la casa, le vaciaron la cartera y también la mesa de luz; levantaron los colchones de las camas, aparentemente buscando algo, le robaron un tocadiscos, una caja de cubiertos “nuevos”, un bolso vacío, juego de sábanas, ropas del hijo, para ese entonces de 4 meses de edad, una máquina de fotografía y ropas y zapatos del secuestrado, etc.”. (Leg. 180-S-84 Fecha: 5/3/75).


En el Leg. 159-R-84:

“... Que alrededor de las cinco de la mañana, volvieron presuntamente las mismas personas en dos vehículos, uno de marca que no alcanzó a reconocer y el otro un Rastrojero, cargaron de su casa en la camioneta: la bicicleta de su marido, otra de la dicente, una garrafa de gas, seis sillas”. (Fecha: 20/7/77);

y como la exponente dejara su casa al cuidado de un vecino, debiendo ausentarse tras el allanamiento:

“... y volviendo a los tres días, que fue cuando el vecino le contó, con lágrimas en los ojos, que un grupo de gente con uniforme policial había vuelto por su hogar, según le contaron eran altos, rubios, de gran contextura física, impidieron a los vecinos presenciar lo que ocurría. Fue así que cargaron en la camioneta en que habían llegado: 1) las cuatro camas; 2) una cocina de gas, marca Perpetua, la que habían comprado en “Castillo”; 3) una guardarropa; 4)una heladera chica a kerosén; 5) un televisor blanco y negro, en este momento no recuerda qué marca; 6) una radio de mesa, eléctrica y a pilas; 7( una mesa de madera con revestimiento de fórmica; 8) 24 chapas de zinc; 9) un triciclo de niño; 10) la documentación de los niños y la suya; 11) la ropa de cama. También le contaron los vecinos que este grupo le prendió fuego a lo que consideraban no servía”.


En el Leg. que lleva los número 133 y 134-S-84:

“... también manifiesta que los incursores saquearon totalmente su casa, llevándose varias cosas de valor, entre ellas tres relojes pulseras, un reloj de oro, un anillo de compromiso, de su marido, y la poca plata que tenían en ese momento”.


En el operativo se secuestro –para nunca más aparecer– de Agustín Sánchez, dirigente del Sindicato de Luz y Fuerza y su esposa Honoria Soria de Sánchez, ocurrido el 3 de setiembre de 1976:

“... al día siguiente, había personas en los techos y otras adentro (de la casa), de donde procedieron a saquearla, llevándose el televisor, el carrillo de una máquina de coser y prácticamente todos los elementos de la cocina, herramientas, y dejaron preparadas cajas, con intenciones de volver nuevamente”.


El señor Miguel Rubén López, ex Jefe de Compras del Departamento de Materiales y Construcciones, quien denuncia su detención ilegal producida el 23 de abril de 1976, tuvo que soportar asimismo el saqueo de su vivienda mientras se encontraba detenido, siendo despojado de todas sus pertenencias.

“... como ser, muebles en general y ropas personales suyas y de su esposa, sus documentos personales, joyas de valor, etcétera”. (Leg. 324-L-84).


Tal como surge de anteriores causas, muchas veces acontecía que los individuos participantes en los operativos, por alguna razón no podían concretar el saqueo durante el operativo, retornando después a realzarlo. Volvemos a encontrarnos con esta figura en la causa correspondiente al Leg. 140-P-84:

“... Días más tarde, hallándose ausente la declarante, por lo que ignora fecha, hora, etc., entraron a su casa y la desvalijaron dejándole únicamente los muebles grandes...”.


Al conocido periodista Maurice Jeger, francés nacionalizado argentino, 36 años, desaparecido desde el 7 de julio de 1975, tras ser secuestrado de su domicilio a altas horas de la noche le saquearon y desvalijaron toda su casa –calle General Paz 1031– llevándose hasta los muebles”. (Leg. 40-J-84).

A la familia Argañaraz (Leg. 21-A-84), de Simoca, le fue robado un tractor Fiat 500, de reciente adquisición.

El robo de los automóviles de las víctimas era moneda corriente, evidentemente por tratarse de un bien mueble susceptible de ser negociado ilegalmente. En el Leg. 268-B-84, denuncia del secuestro y posterior desaparición del ex diputado nacional Bernardo Samuel Villalba, vemos:

“... su hijo fue a abrir la puerta de calle (...) acto seguido le vendaron los ojos y le ataron las manos y fue introducido en el automóvil Ford Falcon color verde malva –con techo negro, modelo 1976, Chapa patente C639447– que era propiedad de su marido (...) luego de abandonar a su hijo, los captores se llevaron el vehículo y no supieron nunca más de él...”.


El ciudadano Ernesto Néstor Juárez, 26 años, vendedor, desapareció el día 19 de setiembre de 1978 en la esquina de Alem y La Plata, junto con su automóvil, luego de ser interceptado por un grupo numeroso de individuos que se desplazaban en un Ford Spring color verde, patente de la provincia de Córdoba y un Fiat 125 o 128 color bordó.

También, como ya está mencionado, el médico Máximo Eduardo Jaroslavsky, desapareció junto con su auto, un Citröen Ami 8 Club, patente T049347.

No pocas veces lograron quedarse con los inmuebles de las familias vejadas o desaparecidas. En el caso de la familia MASAGUER, luego de soportar el atropello de un brutal allanamiento en busca de su hijo Juan Masaguer, dirigente de la Facultad de Medicina en 1975, fueron virtualmente desalojados de la casa, debiendo huir la familia de la provincia para salvar sus vidas. Dicha casa fue utilizada como base de asentamiento por efectivos militares y posteriormente ocupada como casa-vivienda por funcionarios policiales de la provincia. Es de justicia mencionar que a través de esta Comisión la familia de Masaguer, luego de trabajosas gestiones realizadas haciendo uso del estado de derecho, ha conseguido recuperar su casa, encontrándose éste en un estado avanzado de deterioro.

Otro ejemplo de brutal ensañamiento y saqueo descarado e inmoral lo consttuye el perpetrado en perjuicio de la familia Rondoletto, caso que alcanzó notoriedad internacional. Allí, junto a los integrantes del clan (véase Familias Desaparecidas) desaparecieron dos automóviles, un Citröen Ami 8 y un Citröen 3CV y la casa, que quedó abandonada, junto a una imprenta, propiedad de la familia y contigua a la casa vivienda, fueron sometidas a un prolijo vaciamiento:

“... a lo largo de los días subsiguientes, se produjo el saqueo de la casa de debajo de sus padres (...) Tres meses después de los hechos, personas que se identificaron como pertenecientes al Servicio de Inteligencia del Ejército procedieron a llevarse el auto de su hermano Jorge (en reparación en un taller) (...) El mismo mecánico se encargó de conducir el automóvil hasta la Jefatura de Policía, negándose los policías a extender cualquier tipo de constancia de la entrega, y que por pedirla... (el mecánico) fue interrogado durante casi cuatro horas en la dependencia policial”.

(...)

“Los saqueos se produjeron a lo largo de algún tiempo (...) y la casa se convirtió en una verdadera madriguera de malvivientes (...) En otra oportunidad, el señor Bermejo (suegro de uno de los hijos del matrimonio Rondoletto, N.C.) fue avisado por teléfono en forma anónima que la casa estaba siendo robada (se refiere a la de dicho hijo, que vivía en un departamento ubicado en los altos del inmueble, N.C.) inmediatamente se presentó (...) en momentos en que dentro de la vivienda se encontraban varios policías, los que le dijeron que se encontraban “haciendo un inventario”, pero que en ese momento se retiraban. Al día siguiente se repitió la misma operación y con las mismas personas, por lo que el señor Bermejo decidió seguirlos en compañía de otra persona. Vieron que en una camioneta se llevaban muchos objetos chicos, como ser regalos que su hermano había recibido en ocasión del casamiento con Azucena Bermejo, además de sábanas, y otros enseres. Tras un corto recorrido, al parecer, los incursores se dieron cuenta de que eran seguidos y los interpelaron, revólver en mano de que no los siguieran más o si no les iba a costar muy caro”.


Del LEG. 16-P-84, denuncia del secuestro de Rolando Coronel y de Marta Coronel, padre e hija respectivamente, interpuesta por el señor Ramón Edgardo Ponce:

“... en la última semana de mayo de 1977, un grupo de personas vestidas de civil, irrumpieron en el domicilio de las víctimas, con gran despliegue de armas con el propósito aparente de detener a la señorita Coronel, militante de la Juventud Peronista e integrante de comisiones de ayuda a los presos políticos. Ante la resistencia opuesta por el padre a tal procedimiento, se marcharon llevándose también a este último. Que una vez realizado el procedimiento, se llevaron gran cantidad de ropas...”.


3. Traslado a campos clandestinos de detención
Aplicación de torturas


La negación de la condición humana al enemigo es un elemento subyacente siempre en nuestra provincia,

“... la subversión es una enfermedad que contamina el cuerpo social del país y corroe sus entrañas...”. (Contralmirante Guzzeti, “La Opinión”, 3/10/76)

es decir, una especie de virus. Era común escuchar las arengas de los generales Vilas o Arrechea caracterizando a los subversivos de “ratas”, de “cucarachas”, etc. Tamaño enemigo debe ser combatido por todos los medios:

“... los delincuentes subversivos serán buscados y si alguno se queda y se entrega, será enviado a la justicia, y si no, lo mataremos.” (General Bussi, “La Opinión”, 3/1/76).
Dado que “los delincuentes subversivos no pueden vivir con nosotros”. La reiterativa, masiva y saturante repetición de slogans alertando sobre este taimado, vil y pérfido enemigo subversivo, dará pie a los jerarcas del régimen para afirmaciones como ésta:

“... (en el futuro) habrá una cuota de detenidos que no podrán ser sometidos a la justicia, ni puestos en libertad, aunque (afirmó) serán casos excepcionales” (Videla, “Clarín”, 31/8/79).


Como vemos, hay aquí ya una clara insinuación de lo que eufemísticamente denominaban “el combate a la guerrilla por métodos no convencionales”, que nunca se aclaran bien cuáles son. Por el contrario, las operaciones antisubversivas deben ser secretas, enigmáticas, misteriosas; como diría el coronel Sánchez de Bustamante:

“... en este tipo de lucha el secreto que debe envolver a las operaciones especiales hace que no deba divulgarse a quién se ha capturado y a quién se debe capturar, debe existir así una nube de silencio que lo rodee, todo esto no es compatible con la libertad de prensa.” (“La Capital”, Rosario, 14/6/80).


Entonces sí cobran más sentido las denuncias que se vierten en este informe, a modo de conclusión de la tarea investigadora desarrollada por esta comisión bicameral; entonces sí cobran más sentido las palabras del general Camps; y entonces sí, finalmente, cobran más sentido y se hacen más comprensibles las infrahumanas escenas que a continuación se detallan.

Transcribimos a continuación párrafos de la denuncia contenida en el Leg. 340-V-84, desaparición de Aída Inés Villegas (psicóloga, 25 años, secuestrada de su hogar el 2 de noviembre de 1976):

“Un grupo de alrededor de ocho personas, que portaban armas cortas y largas, entraron en mi domicilio, desplegándose rápidamente (...) Uno de ellos se dirigió a la habitación donde dormía mi abuela, despertándola mientras le apuntaba con un arma, dos o tres se dirigieron hacia la cocina donde se encontraba la empleada lavando los platos, a la que preguntan por Aída y a la que obligan a subir las escaleras que conducen a la terraza sin dejar de apuntarle con sus armas, bajándola luego de recibir una orden proveniente del interior de la casa, que expresó: “¡Ya está!”.

(...)

“Mientras tanto, al levantarse mi abuela, les pide explicaciones sobre lo que considera un atropello a mi domicilio y como respuesta recibe una amenaza de muerte instándola a permanecer callada y quieta (...) Mi hermana Aída se encontraba durmiendo la siesta en la pieza que da a la calle, por lo que al ser encontrada, los hombres se dirigieron a la misma. Por el ruido que sienten desde la habitación donde encierran al resto de las personas que se encontraban en la casa, suponen que en estos momentos estarían golpeando a Aída. Al cabo de media hora, uno de los hombres abre la puerta de la pieza en que se encontraban encerradas, sacando a una de ellas, a una amiga de la casa, y la llevan para ser interrogada. Nos dijo que sentía cómo se quejaba Aída (...) Uno de ellos saca a mi abuelita de la pieza en que estaba encerrada, diciéndole que revisara la habitación de Aída. Es entonces cuando al entrar pude ver que mi hermana es sacada por la puerta que conducía al zaguán, por varios hombres quienes la sostenían. Aída se da vueltas estirando los brazos. Es allí donde pude ver que es sacada en ropa interior y su cara mostraba señas de haber sido maltratada, estando amordazada (...) sacándola rápidamente hacia fuera. Luego de esto se retiran, ordenándonos que no debíamos usar el teléfono, por el lapso de una hora, como así también no debíamos salir de la casa por ese mismo tiempo, por lo que dejan la puerta con llave dejándola a la misma por el lado de afuera. Al decir de testigos oculares que vieron el procedimiento constataron que la víctima era sacada con ropas interiores, amordazada y con la cara ensangrentada e introducida en uno de los autos que esperaban afuera, sin patente. La habitación donde se encontraba durmiendo Aída quedó en un total desorden: colchones dados vuelta, frazadas en el piso, libros y papeles desparramados por todas partes. Es entonces cuando advierto al revisar la pieza, que el cable del velador estaba enchufado cortado al ras de la lámpara y prolijamente separados los polos del extremo que quedaba cortado, por lo que es evidente que mi hermana había recibido descargas eléctricas, como así también debieron haberla golpeado demasiado, dado la sangre que había en el piso de la habitación. A partir de ese momento hasta la fecha no se pudo establecer oficialmente su paradero...” (Véase en el Anexo IV “Testimonios”, el relato de Juan Martín, donde asegura haberla visto con vida en los campos de concentración Jefatura de Policía e Ingenio Nueva Baviera.) (Leg. 340-V-84).


Como vemos, esta infortunada joven soportó la aplicación de torturas aún antes de su traslado al campo de detención, al improvisar los represores una suerte de picana eléctrica con los cables de la lámpara, torturándola en su propia habitación por espacio de media hora.


Veamos ahora la aplicación de torturas en el campo de concentración, esta vez referido al secuestro del señor Rosario Argañaraz, agricultor, secuestrado de su casa en Buena Vista, Depto. De Simoca, el 8 de enero de 1977. (Leg. 21-A-84).

“... siendo aproximadamente las 3 de la mañana ingresaron imprevistamente a la casa (...) derribando la puerta de acceso a ella, alrededor de 20 individuos fuertemente armados. Uno de ellos vestía ropa de civil, dos uniforme policial, y los restantes uniformes verde oliva como los del Ejército. En ese momento se encontraban dentro de la casa: su padre, la esposa de Antonio Roberto (hijo de la víctima y declarante), el compareciente Miguel Alberto (también hijo), un hermano más chico llamado Juan Carlos y otra hermana de nombre Ana Tránsito. De entre los recién llegados, Miguel Alberto sólo pudo reconocer a uno de los que vestía uniforme policial, cuyo nombre es Víctor Gerardo Romano (...) Una vez en la vivienda lo s individuos ataron las manos del padre y de Miguel Alberto, les vendaron los ojos y los obligaron a ascender a un camión celular (...) De inmediato se pusieron en marcha y luego de viajar con rumbo desconocido unos 90 minutos, fueron bajados del vehículo e ingresaron e un inmueble con piso de mosaicos. Allí el padre fue preguntado acerca del origen del dinero con que habían comprado un tractor que poseían. Pese a que el padre les respondió que provenía de la venta de la plantación de caña que tenían, fue golpeado repetidamente. A todo esto, el hijo también detenido –Miguel Alberto– permanecía, siempre maniatado y con los ojos vendados, en un costado de la misma habitación. Acto seguido, se padre fue atado a una cama y “picaneado”, manteniendo siempre su declaración de que el tractor era fruto del trabajo de la familia (los captores querían que confesaran que les había sido dado por el ex senador Dardo Molina, también desaparecido)...”.


Obsérvese hasta aquí: padre e hijo son maniatados, vendados y golpeados. Posteriormente –ya en la casa usada como centro de torturas– el padre es sometido a sesiones de picana eléctrica. La tortura es múltiple: el dolor físico del padre (la “picana” produce intensísimas electro convulsiones, siendo aplicada por lo general en los lugares de mayor sensibilidad: genitales, planta de los pies, cabeza, ojos, encías, paladar, oídos) y la tortura sicológica en el hijo que debe presenciar impotente la aplicación de tormentos a su progenitor, sucediéndole lo mismo a éste, que se sabe torturado delante de su hijo. Prosigue:

“... finalmente, cuando ya amanecía, son subidos a una camioneta –padre e hijo– y llevados nuevamente a Buena Vista (Un kilómetro antes de la casa de ellos) (...) los bajan del automotor y los hacen marchar un largo rato –ya sin vendas pero siempre maniatados– (...) Agrega el declarante que cuando le quitaron las vendas vio que entre sus captores estaba el ya citado Víctor Gerardo Romano y además otro policía al que llamaban “el turco”, y un hombre bastante gordo, vestido de civil, al que llamaban “Quechu”, y era, al parecer, quien dirigía el operativo. A todo esto, el policía Romano al pasar por la casa de Miguel Alberto, se había apoderado de una escopeta de calibre 16mm., de dos caños. Durante este procedimiento, el grupo de captores estaba integrado, además de los ya mencionados, por más de 20 soldados que se desplazaban en unos 6 camiones del Ejército (...) Los hacen subir nuevamente a la camioneta y parten hacia el domicilio de un tío de los comparecientes, Benigno Argañaraz, al que también detienen y llevan junto a su hermano y sobrino, respectivamente, rumbo a la casa distante unos 90 minutos (...) A todo esto, el compareciente Antonio Roberto Argañaraz, ausente de la casa durante el primer operativo, llega a la casa alrededor de las 12 del mediodía, y al encontrarse con las novedades precedentemente señaladas sale rumbo a Simoca, a denunciar lo ocurrido en la Comisaría y buscar a un abogado que lo asesore e intervenga en el asunto, pero al que entrevistó le dijo que lamentablemente no podía intervenir en el caso. Al regresar a su casa, y a eso ya de las 21.30 horas, arriban al domicilio unos 8 o 9 hombres, que lo encandilaron con reflectores y lo sacan de la casa con las manos atadas y los ojos vendados y lo introducen a un vehículos, mientras algunos de ellos volvían al interior del inmueble. En la oportunidad, reconoció la voz de Romano y escuchó además que nombraban a “Quechu”, “Mikilo”, “Turco” y “Loco”, este último apodo de Romano. En dicha requisa desaparecieron unos anillos de casamiento del deponente, un reloj del mismo, otro de su esposa, una radio a pila, y lo de mayor importancia, al marcharse lo hicieron llevándose un tractor Fiat 500, cañero, perteneciente a su padre, del que no volvieron a tener noticias hasta el presente (...) Es llevado entonces al lugar donde permanece detenido su padre y hermano y de inmediato comenzaron a castigarlo para que hablara sobre el dinero de la compra del tractor (...) Alternativamente se suceden los castigos al declarante y a su padre para que modificaran su declaración, cosa que no lograron pese a que algunas veces perdían el sentido merced a la golpiza que les propinaban...”.


Miguel Alberto, Antonio Roberto, su tío Benigno Argañaraz y un vecino, también secuestrado es esos sucesos, Celso Isaías Zelaya (fue brutalmente golpeado, habiendo perdido el sentidos al menos una decena de veces durante el interrogatorio) fueron liberados progresivamente por los captores. Rosario Argañaraz no volvió a aparecer jamás, y la última noticia que se tuvo de él es el relato del señor Zelaya, que durante su cautiverio cree haber escuchado la voz de aquel quejándose débilmente por el dolor.

Una última palabra, referida a este caso: en la edición del matutino local La Gaceta del 30 de junio de 1979, pág. 8, aparece una noticia cuya copia adjuntamos en este informe, donde se da cuenta de la detención de dos sujetos que se dedicaban a extorsionar parejas en el parque 9 de Julio, resultando ser uno de éstos el ya mencionado policía Víctor Gerardo Romano, “dado de baja –dice el diario– hace dos años”:


Del Leg. 379-I-84, denuncia por privación ilegítima de la libertad y torturas en forma reiterada, en perjuicio de la ciudadana Gloria del Valle Iñiguez, 26 años de edad: a fines de diciembre de 1975, se produce su primer secuestro junto a su esposo (un camión del Ejército con 15 soldados), vendada y maniatada:

“... finamente llegan a un lugar donde los hacen descender, siendo sometida a un interrogatorio sobre cosas que la compareciente desconocía totalmente, golpes de por medio. Asimismo, es un momento dado fue sentada en una silla metálica, a la que electrificaron, siendo posteriormente liberada”.


En los carnavales de 1976 se produce su segundo secuestro, mientras se encontraba con sus familiares asistiendo a un baile, por insistencia de sus familiares, dado el estado depresivo en que había caído a raíz de la experiencia anterior. Tanto en éste, como en el anterior caso, la deponente reponsabiliza de su detención a Víctor Sánchez alias “Pecho y Tabla”.

“... estando sentada en el baile, en un momento dado hizo su aparición Sánchez, quien se dirigió hacia su mesa, seguido por efectivos policiales pertenecientes a la Brigada de Investigaciones y la sacaron a ella y una hermana menor que se encontraba en Tucumán de visita, diciendo: “¡abran paso que son extremistas!” (Como su esposo intentó intervenir) ... al tomar conocimiento que era su marido le dijeron “vos también vení con nosotros”, haciéndolos subir a un automóvil; las mujeres en el asiento trasero y su marido en el baúl del vehículo, siendo trasladados hasta la Brigada, sita entonces en Avenida Sarmiento esquina Muñecas de esta ciudad. Apenas llegada al lugar, la dicente es salvajemente golpeada, no ocurriendo lo mismo con su hermana a quien únicamente le aplicaron una cachetada para que dejase de llorar (...) fueron liberadas a la noche del día siguiente”.


Tiempo después, en mayo de 1976, es secuestrada por tercera vez en horas de la madrugada, por individuos que cubrían tanto sus rostros como sus cuerpos con bolsas de arpillera y capuchas, no permitiendo que se supiese si estaban uniformados o de civil. Fue sucesivamente trasladada de campo en campo (de concentración clandestinos), sin poder determinar dónde estaban por encontrarse vendada, salvo en uno, en que la tuvieron en el primer piso al que se llegaba subiendo por una estrecha escalera, próximo a una arteria o avenida de mucho movimiento, por lo que deduce podría tratarse de la Escuela Universitaria de Educación Física.

Posteriormente es trasladada a otro lugar, más alejado de calles o rutas, donde habían numerosos hombres y mujeres, reconociendo tanto en este lugar como en el anterior la voz de Víctor Sánchez, de quien explica su afán persecutorio diciendo que lo conoce de muy chica siendo permanentemente acosada por él. Agrega que este último lugar está en condiciones de identificar como el Arsenal Miguel de Azcuénaga.

Volvemos sobre este caso en el anexo II, destinado específicamente a campos de concentración.

Sobre estos campos de exterminio, tortura y muerte, debemos decir –sin perjuicio de lo ya desarrollado más anteriormente– que cumplían un doble objetivo:

A) Era el complemento fundamental del mecanismo represivo, desde los cuales los servicios de Inteligencia del régimen obtenían los datos necesarios para completar el ciclo ya descrito de secuestro–tortura–delación ... etc, utilizando para ello el inhumano recurso del “interrogatorio”.

El interrogatorio podía realizarse en lugares de tránsito o en los campos mismos.

En lugares de tránsito (recordemos el ejemplo de la familia Argañaraz): aplicación de golpes, colgamiento, picana eléctrica, etc.

En los campos: aplicación de métodos más refinados. Veamos qué nos dice un liberado de uno de esos centros infernales, el de Arsenales (Leg. 151-F-84).


“... Entre las torturas que practicaban describiré algunas:

1) La picana eléctrica aplicada a las regiones más sensibles del organismo: mucosa nasal, lengua, oído, órganos genitales y párpados.

2) La cama eléctrica (recordar la silla eléctrica del caso Iñiguez): lo acostaban en un elástico metálico y aplicaban la corriente que lo hacía saltar, produciéndose a veces desmayos y muertes por paros cardíacos.

3) El arrastre: después de estropearlos con golpes de puño y látigo, los cautivos, vendados los ojos y esposados las manos hacia atrás y en los pies era arrastrados por un tractor en un suelo desparejo lleno de piedras y espinas.

4) El enterramiento: cavaban un hoyo de acuerdo al tamaño de la víctima, lo llenaban de recortes de ladrillos, lo introducían en el mismo y lo tapaban de tierra apisonada, todo el cuerpo con excepción de la cabeza y ahí los tienen varios días.

5) El submarino: introducían a la víctima en cilindros de más o menos 1 metro de alto con agua hasta las 2/3 de la altura (introducían) la cabeza, cuando ya se ahogaban los subían un poco y luego repetían la operación. Aquí también murieron varios.

6) El colgamiento: las víctimas eran colgadas de los brazos con alambres. La piel se recogía totalmente dejando al descubierto las superficies musculares.”.


Estos interrogatorios se realizaban sin límites de tiempo ni en la aplicación de la violencia.


B) El régimen de los campos, sus métodos, el tratamiento a los prisioneros, apuntaba a un objetivo muy concreto: la desintegración de la persona en todos sus aspectos:

a) pérdida de identidad: asignación de números a los detenidos.

b) aislamiento: no podían hablar, vendas en los ojos, manos y pies esposados, imposibilidad de cualquier contacto con el mundo exterior, incluida la luz (Leg. 10.23 bis), pérdida de noción del tiempo.

c) cosificación: sensaciones de ridícula impotencia, falta de higiene, castigos constantes, los seres humanos tratados como bultos o cosas.

d) constantes tormentos, con el telón de fondo de la muerte; sentir la muerte de otros prisioneros, esperar resignadamente la propia.

e) humillación permanente: se estipulaban cinco minutos para defecar, en medio del campo con espinas, siendo obligados a latigazos a arrastrarse sobre las mismas a modo de “higienización”.


Del Leg. 45-D-84, secuestro y posterior desaparición de Ángel Díaz; secuestro y posterior recuperación de la libertad de Werlino Díaz, ambos hermanos:

“...El secuestro se realiza en la vivienda que ocupaban los nombrado en el Barrio “El Cuadro” de Bella Vista, el día 23/8/75, por un grupo al mando del Teniente Barceló (jefe del destacamento militar de Bella Vista). El Teniente Barceló golpeó a Ángel con el taco de su bota en el rostro provocándole una herida en la frente al resistirse a ser introducido en el automóvil en que lo llevaron. En ese momento llega Werlino Díaz y encuentra su casa ocupada por el grupo Militar que estaba destrozando la misma (colchones, tiran los comestibles al suelo, roban objetos de valor, etc.).”

“El teniente Barceló se ensaña con él, lo trompea y zafa el hombro derecho con un golpe del fusil, luego de castigarlo le mojan el cuerpo con el contenido de tres sifones de sida y una jarra de agua y uno de ellos con un toma corriente de un cable que el dicente tenía como chispero, le pelan las puntas y comienzan a aplicarle corriente, esto lo hacía saltar de dolor y parecía que se le querían salir los ojos. El dicente les pedía por favor que lo mataran y un subteniente dijo ‘basta ya’ “.

“Luego, entre dos le atan los ojos con un cable eléctrico pero el párpado del ojo izquierdo le queda levantado, con una toalla le envuelven la cara, lo sacan y lo conducen en un automóvil por calles de tierra y ripio, deteniéndose a cada rato, y tiraban sobre él más gente en el piso del auto (por lo menos 5 personas); al bajar se le cae la toalla y puede ver que está en la comisaría de Bella Vista; lo paran al lado de una ventana y lo castigan a azotes con un cinto, a la vez que lo insultaban. No sabe cuánto tiempo estuvo allí hasta que lo sacan en un auto llevándolo a un descampado, tirado en el piso y con fuertes dolores, le sacaron el cable y le pusieron dos trapos fríos en los ojos. Calcula que sería al amanecer del día siguiente cuando lo llevan a una pieza donde lo sientan en una silla y una persona comenzó a interrogarlo. Lo llevan nuevamente a un lugar donde había muchas personas de quienes escuchaba sus gritos de dolor”.

“Pierde la noción del tiempo y se da cuenta de que está amaneciendo; durante el día no lo molestan, pero al llegar la noche volvían a interrogarlo y castigarlo lo mismo que a las otras personas (era terrible escuchar los gritos de dolor). Allí reconoció la voz de su hermano Ángel, de un joven Arsenio Pedraza. El lunes fue lo mismo y los hicieron sentar en una mesa larga para comer, le pareció que el lugar era una escuela.”.

“Escuchó además detonaciones de armas de fuego y cuerpos que arrastraban como si estuvieran muertos. También había mujeres, a una de ellas sintió cómo la violaban varias guardias.”.

“Esa noche, luego de interrogarlo nuevamente, lo suben a una camioneta con 4 personas, los bajan en un camino y los largan. Su hermano Ángel nunca apareció, y él perdió la visión del ojo derecho a raíz de la atadura con el cable...”:


Combinación de torturas y tormentos físicos con sicológicos, encontramos en el Leg. 292-F-84:

“... durante 15 días fue sometido a interrogatorios donde lo acusaban de subversivo y le preguntaban por otras personas. Aclara que no fue torturado propiamente dicho, pero estuvo “tirado” a la intemperie, sin ropas, soportando lluvias, etc., durante los 15 días.”

(...)

“... Otro día (estamos ya en el segundo secuestro del comparente) los llevaron maniatados y vendados los ojos a las proximidades del Río Salí, donde los bajaron y les dijeron que serían fusilados, les dijeron que contarían hasta 5 y los matarían; hubo un simulacro y contaron hasta 4; luego los desataron diciéndoles que se habían equivocado, que los disculpen; de allí los llevaron hasta el comando; allí se repitieron los interrogatorios y fueron dejados en libertad Vázquez y Belén. Pero al dicente le dieron una pastilla, que al parecer era una droga, pues de esos momentos tiene un vago recuerdo, como si fuera un sueño. Lo dejaron en libertad, pero su estado de inconciencia era tal, que anduvo vagando, en lugar de dirigirse hacia el sector céntrico de la ciudad, se había ido hacia el norte. Recién cerca del Cementerio del Norte “despertó” de ese estado...” (Fs. 1 y 2).


Igualmente, ejemplos de tortura sicológica, citamos el Leg. 229-F-84, citado en anexo de presos políticos legalizados, cuando el joven Fuigueroa lo introducen vivo en un ataúd durante varios días, junto a la amenaza de que iban a matar a sus padres y hermanos, realizada por el Inspector Albornoz.

El uso de vendas era un elemento intrínseco al desarrollo de todo proceso represivo, a fin de garantizar la clandestinidad y la impunidad. En la causa N° 163 leemos:

“... uno de los otros detenidos pedía por favor a los guardias que iban con nosotros en la camioneta que le aflojen las vendas porque lo estaban lastimando, y uno de los guardias le respondió: ‘en la morgue te la vamos a sacar’...”.


4. Diligencias posteriores al secuestro


Como hemos afirmado antes, la desesperada y angustiosa búsqueda por parte de los familiares de la víctima en forma posterior al secuestro, habrá de estrellarse siempre contra una muralla de silencios y evasivas, cuando no de malos tratos (físicos y/o verbales) o intimidaciones. Veamos algunos casos que solían presentarse.



4.1 Recorrido por las dependencias oficiales


Leg. 293. Desaparición de Zenón Ruiz:

“... el 28 de julio de 1975, siendo las 3.00 de la madrugada, aproximadamente (...) llegó una comisión policial al mando del Comisario Inspector Roberto Albornoz, integrada por unos quince efectivos de civil y armados con armas cortas y largas. Derribaron la puerta del inmueble e ingresaron de inmediato (...) al querer intervenir a favor de su marido, la declarante recibió sendas cachetadas, propinadas por dos de los incursores. No obstante ello, alcanzó a decirle al mencionado Albornoz: “mire que se lleva usted detenido a mi marido”, a lo que él respondió: “haga entrar a esta mujer o proceda como tienen que hacerlo” (...) Al día siguiente la deponente acudió a la Dirección de Institutos Penales, donde entonces titular de la Repartición de apellido Del Pino, le dijo que necesitaba algún tiempo para averiguar qué había sucedido. Numerosas veces volvió la dicente a preguntar si había alguna novedad, recibiendo siempre respuestas negativas. Aclara que oportunamente presentó recursos de Habeas Corpus en la Justicia Federal, el que le fue denegado. Así también desea informar que se apersonó a diversas comisarías y a la famosa “Escueiita de Famaillá”, tratando de dar con el paradero de su marido, pero todas estas gestiones resultaron infructuosas...”.


Leg. 1. Calabró, Elda Leonor. Desaparición. Secuestro producido el 15/06/76 (descripto en Anexo Poder Judicial).

El denunciante, con posterioridad al secuestro, se refiere:

“... Me dirigí al Cuerpo de Guardia de Infantería de la Policía de Tucumán, ubicado en calle Muñecas a una cuadra de Avda. Sarmiento (fue actualmente trasladado) en compañía de mi madre que no sufrió daño alguno; en esa dependencia fui atendido por el entonces Jefe del Cuerpo Noé Bonifacio Medina y por el Jefe de Grupos Armados de la Policía de Tucumán, Sr. José Díaz, los que ordenaron la salida de 3 vehículos policiales, con personal armado y se cerraron los puestos camineros de salida de la Capital. En uno de esos vehículos fui personalmente. Todo esto presupone que en esos momentos no fui sacado del radio Capital. Minutos más tarde se comunicó el hecho al Subjefe de Policía, por entonces mayor Orlando Castellini y al Comando de la 5ª Brigada por intermedio del entonces coronel Bari. Después, y aproximadamente a horas 22, fue radicada formalmente la denuncia en el Departamento de Investigaciones (Seguridad Personal) de la Policía de Tucumán. Dos o tres días después del secuestro hablé personalmente con el entonces Jefe de Policía, Tte. Coronel Zimmerman y ante la pregunta de dónde estaba mi hermana ya que no tenía militancia política, ni conexiones subversivas, que sólo se dedicaba en su profesión de abogada a defender obreros despedidos, me respondió: “...¿cómo asegura usted que los defendidos de su hermana no son subversivos?...”. Posteriormente fuimos objeto de extorsiones en la que recuerdo que por esta causa fueron detenidos un tal Romanp, otro de apellido Páez y otros más, estas actuaciones en las que hubo secuestro (...) Luego mi madre entregó en manos propias al ex gobernador y Comandante Bussi una nota detallando los hechos, la que nos fue contestada diciéndonos que no estaba detenida en ninguna dependencia del Ejército (...) fui amenazado telefónicamente por desconocidos, pero cuando amenazan saben cómo hacerlo: “si sigues con el asunto de la desaparición de tu hermana, no sólo ella va a ser, sino uno de tus hijos”....”.


4.2 Otras entrevistas con jefes de dependencias oficiales.


En el Leg. 193-P-84 (Palavecino, Domingo Valentín. Secuestrado el 11/3/77), podemos ver:

“... Luego de más o menos seis meses, por intermedio de un amigo personal (...) le consiguió una audiencia con el comisario Roberto Albornoz, alias “el Tuerto”, el que lo atendió en forma muy amable y lo escuchó hablar por espacio de 20 minutos más o menos, luego el mencionado Albornoz le dijo: “quedate tranquilo y venite dentro de tres días, que yo seguro te tengo noticias”. Cumplido ese plazo, se presentó nuevamente en la Jefatura y cuando lo estaban por revisar, para dejarlo entrar, apareció el “Tuerto” y le dijo a los policías: “A Palavecino no lo revisen, pues no trae nada y háganlo pasar de inmediato”; cuando éste entró al despacho de Albornoz, éste le dijo: “ahora vos me vas a escuchar a mí, y no se te ocurra interrumpirme porque te meto adentro y te reviento”, dicho lo cual sacó una carpeta en donde estaba la foto de su hijo y le dijo: “tu hijo es un terrible agitador peronista de la Universidad y hasta te podría decir que es zurdo, así que mejor callate la boca y andate, porque no es tu hijo quien debiera estar preso, sino vos; además no te puedo decir si tu hijo está vivo o muerto, pero es muy posible que aún esté vivo...”; con tal motivo, y luego de las amenazas e improperios que le dijo (...) no le quedó otro recurso que irse (...) en otra oportunidad y por intermedio del obispo Blas Victorio Conrero (hoy fallecido) consiguió una audiencia con el jefe de policía Zimmerman; en esa oportunidad lo acompañó el sacerdote de apellido Randisi, pero Zimmerman, luego de escucharlo, le dijo que no sabía nada...”.



4.3 Personas detenidas que fueron vistas en centros clandestinos por detenidos-liberados que informaron a los familiares. Negativa de las dependencias oficiales.


Leg. 41-G-84. Jaramillo, María Carmen

“...Con posterioridad a este hecho su hija... recibió una llamada telefónica y una voz anónima le dijo que no hiciera preguntas, que su hermana está bien, que el día 12 de febrero, cumpleaños del padre, iba a llamar por teléfono, en vano esperaron la llamada ya que su hija nunca habló. Que también una señorita (...) que era conocida de su hija, le manifestó que los últimos días de enero, oportunidad en la que la detuvieron a ésta en la Jefatura de Policía, notó que había muchas chicas, todas con los ojos vendados, pero ella escuchó que llamaban en voz alta a Carmen Jaramillo, luego de esto la citada señorita la pusieron en libertad...”.

Manifiesta el deponente en denuncia que la víctima fue también vista en Cárcel Villa Urquiza, conforme los testimonios de su entrevista con una interna del penal:

“... efectivamente la había visto, que en los últimos días de enero, primeros días de febrero, estuvo con ella, luego la sacaron de la unidad y no supo más de ella. Manifiesta la deponente que no hicieron una denuncia policial, que en principio no sabía qué hacer, pero que el mismo día fueron a la Jefatura de Policía, Comando y la Policía Federal sin resultados. Al poco tiempo lo asesoraron que debía interponer un recurso de Habeas Hábeas en el Juzgado Federal, lo que hicieron pero sin resultado y luego, como tres o cuatro más en el mismo Juzgado pero sin resultado. Asimismo, escribió cartas a distintas autoridades, efectuó la denuncia a distintos organismos de derechos humanos, Cruz Roja Internacional, Española y Argentina, Reyes de España, pero sin resultado...”.



4.4 Extorsión a familiares para dar información


Leg. 200-A-84. González, Humberto Alfredo

“... Desea manifestar que un policía de apellido Romano, el que para esa fecha trabajaba en la Jefatura de Policía como sumariante y que el compareciente conocía de antes en una visita que éste hizo a la mencionada dependencia policial para averiguar de su hermano, que para darle datos tenía que darle unos pesos, para que éste, a su vez, se los diera al Tuerto Albornoz, entre sus varias coimas que le dio en una oportunidad le dijo que su hermano estaba en la Brigada de Identificaciones. Cuando el compareciente se presentó en la Brigada, en la misma, luego de buscar en los libros, le dijeron que allí no estaba, luego volvió a la Jefatura y lo vio de nuevo a Romano, el que le dijo que a su hermano lo habían trasladado a la cárcel de Villa Urquiza; él quedó en averiguar ante el jefe del Penal que para esa época era Marcos Fidencio Hidalgo, si allí se encontraba el desaparecido, cuando fue a la Jefatura nuevamente, Romano le dijo que no estaba en el Penal y que no sabía adonde lo habían trasladado. Luego de 40 días más o menos Romano le dijo que si quería que su hermano apareciera con vida él lo iba a lograr y que lo dejaría en la frontera con Bolivia, pero que para que eso sucediera tendría que regalarle a él (a Romano) un Ford Falcon; el compareciente le dijo que no había ningún problema, lo que él quería era que su hermano apareciera y que él (Romano) tendría el automóvil Ford que deseaba, pero si previamente el compareciente se contactara con su hermano en la frontera; fue en ese momento cuando Romano le dijo: “mirá que macana, hoy lo ibamos a sacar a tu hermano en libertad, pero resulta que anoche lo llevaron de Villa Urquiza, no sé adonde”. (...) Cuenta que en una oportunidad se le acercó un tipo, que luego supo que era de apellido Sánchez, mientras se encontraba tomando un café en el bar La Carpa de avenida Sarmiento al 700 y le dijo que dejara de averiguar de su hermano, porque si lo seguía haciendo le iban a hacer desaparecer a toda la familia...”.


Leg. 280-S-84. Sesto, Lilia Estela

“...cuando llegó a Tucumán se dirigió directamente al domicilio de la calle Uruguay en donde se dio con la novedad de que en la puerta de entrada había un policía de consigna, al que le preguntó por los dueños de casa, a lo que éste, sin decirle nada, se comunica con la policía y acto seguido aparece un cabo de policía de nombre Segura, el que habla con su marido y le dice que él había matado a Lilia Estela, en un enfrentamiento, y él mismo inmediatamente lo conduce a su marido, en calidad de detenido, cree que a la seccional 7a. de policía, hoy 6a. en donde lo tienen en esa calidad 24 horas y antes de dejarlo en libertad, le dicen que no siga averiguando más, porque si no a él le iba a pasar lo mismo que a su hija; con tal motivo, y previa entrega de una coima, fue dejado en libertad por lo que éste se volvió a Mendoza. Que en la mencionada seccional, y previo pago de una coima, logra que le muestren un expediente en donde consta que para esa fecha, o sea el 15 de agosto de 1976, mueren en un enfrentamiento con fuerzas policiales y con motivo de un allanamiento al domicilio de calle Uruguay, aduciendo que en el mismo había armas ilegales, un muchacho, una chica, de los que no sabe el nombre y su hija...”.



4.5 Hechos destacables


Del Leg. 342. Secuestro y Desaparición del joven M. A. Alvarez, cómo su esposa presencia la escena siguiente:

“... al levantarse mi hijo (de la cama, cuando entran) reconoce a dos de sus captores, como ex compañeros de escuela primaria: a los que nombra delante de su esposa, como Del Pino y Tamayira (alias El Japonés) y a un teniente Cabrera, catamarqueño también...”.

El padre del desaparecido se contacta en Catamarca con la madre del Teniente Del Pino, que reside en esa ciudad, quien en respuesta a su pedido de intervención le entrega una carta para su hijo (Del Pino) para que lo reciba en Tucumán:

“... De este modo viajo nuevamente a la ciudad a conversar con el teniente Del Pino, el cual reiteradamente se niega a recibirme hasta que luego de varios días soy atendido por un sargento quien se disculpa y evade mis preguntas, no pude hablar en ningún momento con el Teniente Del Pino...”

siendo que previamente a eso, el denunciante había concurrido al Ejército, con asiento en Tucumán:

“... y que en esos momentos se encontraba a cargo del general Bussi en donde denuncio los hechos, que me son negados y sin asentar la denuncia me responden en forma verbal y negativa...”.


Muchas veces, esas respuestas “verbales y negativas”, como expresa el atribulado padre del joven desaparecido, alcanzaban ribetes intimidatorios y humillantes. En el Leg. 162-L-84 (caso Juan Manuel Luna), cuenta su madre que al concurrir a la Policía,,,

“... la atendió el Tte. Cnel. Arrechea, en su despacho, que lo hizo en forma amenazante, ya que le dijo: “te voy a matar, porque estás buscando a un hijo guerrillero”, a lo que la dicente contestó que ella “no sabía qué era extremismo, que lo único que sabía era que buscaba a su hijo”; luego éste (Arrechea) le hizo poner las manos sobre la pared, y la amenazaba con un arma en la mano, repitiéndole: “te voy a matar porque tu hijo era un extremista”. Todo eso ocurrió en presencia de un empleado, del que ignora su nombre...”.


Y otras veces estaban preñadas de un notable contenido de cinismo, como esta respuesta del General Bussi, escrita, de fecha 30 de enero de 1976:

“... los conceptos que usted vierte en su carta son evidentemente injustos, dado que son inexactos, constituyéndose sin fundamento alguno en atentatorios contra la rectitud de procedimientos que caracterizan al accionar del Ejército (...) comprendo su preocupación de madre, como también soy sensible al sufrimiento de muchas otras que aún padecen la pérdida de sus hijos vilmente asesinados por la delincuencia subversiva”. (Leg. 359, Fs. 20).


Y también en el Leg. 77-G-84, en foja 3:

“... en una de mis cartas al General Bussi (...) en el mismo papel, a la vuelta de mi carta, Bussi, con puño y letra, tinta colorada, se dirigió a la comisaría de Lastenia, Cruz Alta, solicitando urgentemente se informe sobre mi conducta y la de mi familia...”.


Mientras, en el Legajo por la desaparición del adolescente Enrique Fernández, ya citada, al concurrir la madre a Jefatura de Policía a hablar con el Inspector Roberto Heriberto Albornoz, éste le manifestó lo siguiente:

“... que a los chicos, junto con su hijo, los había entregado al Ejército, con posterioridad a su detención (...) y que formulada esta declaración, la dicente se retiró de la Jefatura”.


Se aclara a renglón seguido:

“... destaca la denunciante la caradurez de este oficial Albornoz, ya que en oportunidad de que denunciara los hechos a la Justicia Federal, y ordenando un careo con la dicente, “el Tuerto” dijo esto: “que no había hecho esa declaración a la declarante y que no la conocía”...”. (Leg. 37-F-84, fs.4).


5. Casos Especiales


Hemos escogido especialmente para esta sección, algunas causa que constituyen demostraciones muy claras de cómo operó la represión en nuestra Provincia, causas que hablan por sí solas.

Una de ellas se refiere al secuestro de un policía que no estaba de acuerdo con participar en los hechos criminales resaltados a lo largo de este informe; otra registra el testimonio de un grupo de amigos del secuestrado que siguieron al auto de los captores y lo vieron dónde entraba: una tercera, se refiere a la situación de un joven –casi adolescente– secuestrado y desaparecido, que figuró en una lista de detenidos legales; la cuarta: porque se identifica con meridiana claridad al jefe del operativo; y la quinta, finalmente, es la transcripción de la denuncia de un ex soldado conscripto obligado a participar de secuestros durante el servicio militar.



5.1 Desaparición de la Familia López y del policía W. Quinteros


Estamos en la lectura de la causa 416-L-85, referida a la desaparición de la familia López, hechos cuyo resumen es el siguiente:

“... en la madrugada del día 27 de febrero de 1976 (...) se presentó en el domicilio de sus padres y hermanos (Santiago 3750, S. M. Tucumán) un grupo de aproximadamente 15 a 20 personas, fuertemente armados, quienes entraron a la vivienda (...) y procedieron a sacar de sus camas a las víctimas, golpeándolas y golpeando también al padre Edmundo López que se encontraba durmiendo en la primera habitación junto al menor de los hijos, de diecisiete años entonces, en el segundo dormitorio dormían Ramón Francisco, de 21 y Rosa Ceferina de 20 años junto a uno de sus hijos de Sandra Mónica López, de 2 años y medio (la niñita fue entregada a su abuelo por la propia hija de ése antes que se la lleven) (...) En este estado manifiesta la compareciente que su señor padre, que fue testigo presencial de los hechos, reconoció al Comisario Roberto Albornoz (a) El Tuerto entre los que integraban el grupo de intrusos y secuestradores, a quien se dirigió preguntándole a dónde llevaban a sus hijos y éste le respondió por averiguaciones. A una nueva e insistente pregunta del padre, Albornoz lo amenazó en los siguientes términos: “que se calle o lo iba a dejar seco”, mientras le ponía un arma en el pecho; esto entre una serie de insultos que le proferían tanto Albornoz como otros miembros del grupo (...) Quiere agregar la declarante que la misma noche del secuestro de sus hermanos, alrededor de las 2 de la mañana, un grupo de encapuchados, salvo uno, de gran estatura y cara colorada, golpeaba puertas y ventanas para entrar a su casa (...) en el interior de la cual estaban su marido y los ocho hijos del matrimonio (...) Al abrirles la puerta la declarante (embarazada de seis meses en ese momento) entraron los individuos. Todos tenían uniforme azul y botas negras como los que usa la policía de la provincia y los rostros con capucha. Que ya habían tirado una ventana y una puerta del fondo, ella fue a abrir la de adelante; el primero que entró fue el mencionado individuo sin capucha, a quien preguntó qué querían recibiendo por respuesta una cachetada. Ahí su marido gritó que no le peguen, que estaba embarazada, entonces empezaron a pegarle a él”.

(...)

Todos los demás hijos –6 mujeres y 2 varones– la mayor acaba de cumplir 15 años, se encontraban en otro dormitorio y también fueron goleados y amenazados a punta de pistola, y como la luz estaba cortada, alumbraban el rostro de los chicos con linterna (...) Que los insultos eran constantes y que después de recibir un nuevo golpe quedó descompuesta, dándose cuenta de pronto que estaba adentro de un vehículo, maniatada y vendada –habían roto un vestido recién hecho de una de sus hijas– (...) Luego la llevan a un lugar que supone era la Jefatura de Policía introduciéndola en una habitación o salón grande (...) allí escuchó que golpeaban a alguien y preguntaban ´”cuál es tu nombre”, a lo que su hermano respondió “yo soy Juan Carlos”, escuchó más golpes y que lo sumergían en algún lugar con agua pues su hermano pedía que no lo “metan más en el agua” (...) escuchó de nuevo “tu nombre” y la respuesta “Ramón Francisco”; a él no lo pusieron en el agua, pero escuchó cómo lo golpeaban y sus gritos y gemidos (...) y así sucesivamente supo que estaba con todos sus hermanos (...) Que al rato la llevaron a otra habitación tirándole de los cabellos y pegándole en el vientre diciéndole, entre otras cosas, que “iba a mal parir” (así la sometieron un largo rato a gritos, insultos y golpes) (...) hasta que una voz aporteñada dijo “esta negra no sabe nada”. La sacaron y la subieron a un vehículo, y la levaron (...) ella creyó que la matarían pero la dejaron en un lugar aflojándole las vendas y las ataduras, con la orden de no darse vueltas y seguir caminando derechito. Pese a ello la dicente se volvió ligeramente y vio –corriéndose las vendas– que se alejaba un patrullero con la luz prendida (...) Agrega que en cautiverio reconoció una voz, que la identificó como de algún conocido; ocurrió que al tiempo otro hermano se accidentó y fue a preguntar por el Manolín, un vecino de apellido Pérez, que era quien había estado la noche del secuestro. Que al poco tiempo de esto salió en los diarios que el Policía Pérez había muerto accidentalmente de un disparo en la Comisaría de Marcos Paz...”.


Del resto de la familia López no se supo nada más; pero del mismo testimonio de Marta, la hija secuestrada y liberada posteriormente, que nos está relatando la historia, surge lo siguiente:

“... Que a los pocos días de ocurrido el hecho (del secuestro de su familia) se presentó en su domicilio el policía Quinteros (sic), quien vivía aproximadamente a cuatro cuadras de la casa de la familia donde se produjo el secuestro, a hablar con su madre Juana Rosa Córdoba de López, fallecida en el año 1983; en esa oportunidad le manifestó que él personalmente había participado junto a Albornoz del secuestro de sus hijos, y que él había participado contra su voluntad y por orden de Albornoz...”.


Hasta aquí el relato de los hechos referidos a la desaparición de 3 integrantes de la familia López, hecho ocurrido 3l 27/2/76, y en cuyo párrafo final se hace mención a la intervención del “policía Quinteros” que vivía a cuatro cuadras de la casa de López, y finalmente agrega: “que tiene conocimiento que al poco tiempo habría desaparecido este policía Quinteros”.

Ahora nosotros: efectivamente, en fecha 1 de abril de 1985, se abrió en esta Comisión un expediente con el número 425-Q-85, al presentarse la señora Lilia Quiroga de Quinteros a denunciar la desaparición de su marido, siendo sus datos los siguientes:

Nombre: Quinteros, Wenceslao.
Domicilio: Marcos Paz 3582 (exactamente a 4 cuadras de López)
Ocupación: Policía (cesanteado) cargo de Comisario Principal.
Fecha del Secuestro: 11 de julio de 1977.


No cabe duda alguna de que se trata del mismo caso a que hace alusión la señora López, cuya declaración parece echar alguna luz en el oscuro episodio de su secuestro:

“... ese día salió de casa a las 8 hs. con su hermano José Américo Quinteros para su trabajo. Se bajó en la sucursal Ciudadela del Banco Nación; cuando volvió su hermano a hs. 11 no lo encontró (...) hasta el momento nunca más tuvo noticias suyas...”.


5.2 Desaparición de Javier Hipólito Centurión


Aquí el hecho sobresaliente es que existen dos personas, en calidad de testigos, que vieron cómo el automóvil conducía a Centurión a la Jefatura de Policía,

“... En su presentación, la denuncia manifiesta que su hijo Javier Hipólito Centurión fue introducido, el 19 de agosto de 1976, a horas 20.30 aproximadamente, por cuatro o cinco individuos vestidos de civil que portaban armas larga y cortas, en un automóvil Torino 4 puertas, de color azul-celeste, con chapa patente de la Capital Federal cuyo número se ignora. El hecho ocurrió en calle Mendoza al 500 de esta ciudad y fue presenciado por dos amigos de Centurión, quienes en otro automóvil siguieron al que llevaba a este último (fue introducido en él sin ningún tipo de violencia) hasta verlo detenerse en calle Santa Fe al 800, “lugar posterior de la Jefatura de Policía, y lugar donde funcionaba la tristemente célebre Sección Confidenciales”. Los seguidores, Dante Rolando Santilli y Romelio Rolando Maciel, debieron seguir transitando en su vehículo “para no ser descubiertos”. Se dice, además, que poco después del hecho referido (a una semana, aproximadamente), un oficial de policía reconoció que, efectivamente, Javier Hipólito Centurión se hallaba detenido en dicha dependencia, luego de insistentes intentos de averiguación en la Jefatura de Policía”.


A fs. 16/17 de esta causa se encuentra agregado el testimonio que ante la Comisión Bicameral prestaron los mencionados XX y ZZ, quienes ratifican lo denunciado por la madre del desaparecido, aclarando que el automóvil en que los captores llevaban a Centurión...

“... dio vuelta en Marcos Paz hasta la calle Salta, y allí dio vuelta hacia Santa Fe; pero los exponentes no pudieron seguirlo puesto que en Salta y Santa Fe existía una barrera puesta por la policía. Con tal motivo, siguieron por Marcos Paz hasta calle Catamarca. Hasta allí es lo que conocen de este asunto...”. (Leg. 147-G-84).


5.3. Desaparición de Arturo Alberto Lescano


Identifica como especial a este caso, el hecho de que al haber sido incluido su nombre en una lista de presos políticos reconocidos –tal como se narra a continuación– resulta evidente que se encontraba, a partir de su captura, en poder de las fuerzas de seguridad.

“... La denunciante, madre del desaparecido, tomó conocimiento a través de una llamada telefónica anónima que su hijo habría sido detenido en esta provincia (la misma tiene su domicilio en Santiago del Estero), en un operativo policial. Por tal motivo viaja a ésta e intenta infructuosamente averiguar algo sobre el particular en la 5a. Brigada de Infantería y Jefatura de Policía (en ambos casos se le dijo que allí no estaba detenido Arturo Alberto Lescano). Tiempo después, el 15 de abril de 1978, el diario “El Liberal” de Santiago del Estero, publica una información sobre “una nueva lista de detenidos liberados...”, emanada del Ministerio del Interior, en la que figuraba su hijo. Ante ello, telegrafió al titular de dicha cartera pidiéndole que comunicase a su hijo que sus familiares iban en su busca a la Capital Federal. Llegada a ella se hizo presente en el Ministerio del Interior, donde un capitán “que dijo llamarse Jorge Fernández” le manifestó que en ningún momento su hijo había estado detenido a disposición del PEN y, consecuentemente, carecía de toda noticia sobre el particular. Al indicarle la dicente cómo era posible que las publicaciones periodísticas fueran coincidentes en lo que hace a la nómina de liberados (la lista en cuestión también la habrían publicado diarios de la Capital Federal) y que, por el contrario él (el militar) dijese todo lo opuesto, el mismo respondió que “nada más podía informarle”. Nunca más la compareciente tuvo noticias sobre el desaparecido, motivo de la denuncia”.


5.4 Desaparición de Juan Carlos Chaparro


La víctima trabajaba en YPF y fue secuestrada de acuerdo a los hechos que se relatan a continuación, siendo el rasgo sobresaliente del caso que siendo reconocido el Comisario Albornoz por un funcionario de la empresa –al identificarse dicho policía– inmediatamente presentó la denuncia en una comisaría citando dicha circunstancia.

En su apartado 3 (Procedimiento), se dice:

“Una dotación de seis personas, que actuó a cara descubierta, dirigidas por un señor de apellido Albornoz, que dijo ser Comisario de la Policía Federal de Tucumán, y que presentó una cédula de la que los testigos sólo vieron el número 38, se presentó al campamento de Arenales en 2 vehículos: un Ford Falcon color verde y un Renault 12. Detenido Juan Carlos Chaparro, fue conducido a su lugar de residencia, en la ciudad de Metán y luego trasladado con rumbo oficialmente desconocido”.


En el apartado 4.1, se expresa lo siguiente:

“El procedimiento ocurrió el jueves 19 de junio de 1975, siendo las 11.30 horas en el Pozo X 1 Arenales, dependiente de YPF, ubicado en Ovando, Dpto. de Rosario de la Frontera, provincia de Salta”.


A fojas 4, el apartado 6 (Ejecutores), dice el punto 6.1:

“El operativo estuvo a cargo del Comisario Inspector Albornoz, que si bien dijo que pertenecía a la Policía Federal, es de público conocimiento que prestaba servicios en la Policía Provincial de Tucumán. Su documento identificatorio, según consta en la denuncia policial adjunta, terminaba en 38. Se deja constancia como dato aclaratorio, y porque sabemos que hay otros “Albornoz” en el cuerpo policial provincial, que se trata de Roberto Albornoz, apodado “El Tuerto”, domiciliado en Banda del Río Salí, provincia de Tucumán”.


Apartado 6.2: Un funcionario policial, sin duda implicado según se consigna en el punto 7.1.3, es el entonces Coronel Néstor Castelli, oficial del Ejército Argentino, que desempeñaba el cargo de Jefe de Policía de Tucumán en junio de 1975.

Punto 6.3: “Sobre el destino definitivo de Juan Carlos Chaparro evidencia haber tenido conocimiento un capitán del Ejército Argentino llamado Jorge Lazarte, que aún reside en Tucumán, quien habría dicho en setiembre de 1975 que “el gordo Chaparro” (y tal era, en efecto, un apodo del antedicho) estaba muerto. Textualmente, conforme a las versiones indirectas que recibimos: “ese es el gordo Chaparro, y ya está tocando el arpa con los angelitos”. “Díganle a esa familia que no pregunte más, porque se compromete”. Lamentablemente los receptores directos del mensaje no querrán testificar”.

Punto 6.4: “A fines de 1975 un policía apellidado Cirnio o Sirnio respondió frente a otra consulta: “¿Todavía preguntando por ése? Díganle a su viuda que ya puede ir sacándose el luto”...”.

El punto 7.1.3 dice: “El 25/7/75 se entrevistó al Dr. M. Cuezo, presidente de la Cámara de Senadores. Como consecuencia de este contacto, el 29/7/75 se obtiene una información oficial pero telefónica, a través del funcionario gubernamental, señor Rubén Chebaia. Luego de expresar: “esto es oficial, de parte del gobierno de Tucumán”, Chebaia comunica que el coronel Néstor Castelli –previa comunicación, según dijo, con el General Luciano Benjamín Menéndez, anoticiado de los hechos por el mismo Chebaia– se habría presentado en casa de Gobierno y reconocido la detención de Chaparro por personal de su dependencia. Atestiguó asimismo el Coronel Castelli en dicha oportunidad que Juan Carlos Chaparro había sido trasladado a Famaillá y puesto a disposición del General Acdel Vilas, Comandante de la V Brigada de Infantería con asiento en Tucumán, jefe, además, del “Operativo Independencia”. El señor Rubén Chebaia no podrá lamentablemente actuar como testigo porque fue secuestrado en marzo de 1976, figurando hoy como un desaparecido más”.

A fs. 8 corre agregada fotocopia de denuncia policial autenticada por escribano público, en la cual se menciona expresamente por el denunciante (Vicente Arsenio González) al “Comisario Inspector Albornoz”, al que el “detenido” reconoció.

A fs. 9 se agrega una fotocopia de una carta dirigida al señor Raúl Chaparro (padre del desaparecido) por el Administrador de Yacimiento Norte de YPF, en la que se dice: “... se presentó al citado campamento un señor de apellido Albornoz, con cinco acompañantes, exhibiendo...”, etc.

A fs. 10 hay fotocopia de una carta suscripta por un funcionario de YPF en la que se alude también a la presencia de Albornoz en el campamento Arenales, donde procedió a “arrestar a su hijo”.



5.5. Revelaciones de un participante en operativos de secuestros: testimonios de Causa 248-A-84

“... Que el 1 de marzo de 1975, le tocó hacer el servicio militar obligatorio y que fue destinado al Regimiento 19 de Infantería, que en una fecha determinada, el oficial de semana les dijo que se prepararan porque tenían que salir de recorrida por la zona y que para ese efecto se formarán grupos de 12 personas más o menos, ese Oficial de semana estaba acompañado por un Teniente 1° de apellido Trucco; cuando salieron del Regimiento, los soldados y él incluido, fueron introducidos en la parte de atrás de un camión del Ejército, el que estaba cubierto en toda su extensión por una lona, cuando emprendieron la marcha, el exponente y sus compañeros creyeron que tenían que hacer un recorrido por la ciudad, pero como habían andado bastante tiempo, miraron hacia fuera y vieron que se encontraban en el campo, sobre una ruta y que para los costados se podía ver plantaciones de caña, para esto eran alrededor de las 0.30 de la madrugada, en un momento determinado pararon en un pueblo y estacionaron frente a una comisaría de donde salió un grupo compuesto por tres personas uniformadas con uniforme clásico de la policía, los que hablaron con el jefe de su grupo militar que para ese entonces era el Teniente 1° Pérez Cometo, que a la misma vez era el jefe de la compañía en que revistaba el compareciente. Luego de que éste habló con los policías, lo trasladaron a todos bajo un foco y en ese lugar les avisaron que estaban en la localidad de “La Florida”, Dpto. Cruz Alta, y mostrando una lista que le habían dado a los policías les dijo que tenían que efectuar un procedimiento en varias casas de la zona y llevarse a 9 personas. Cuenta el compareciente, que los hicieron poner de rodillas en tierra mientras le explicaban lo que ha expuesto y que los policías con los militares se entendían por seña, vale decir, los policías señalaban con la mano a una casa determinada; entonces, los militares procedían a secuestrar a las personas que estos señalaban, pero acota que los policías jamás se bajaban de sus vehículos, para que no pudieran ser reconocidos por los futuros secuestrados y que normalmente se estacionaban a una distancia prudencial de la casa en donde debían efectuar el procedimiento. Que el grupo antes de proceder obraba de la siguiente manera: una parte rodeaba la parte de atrás de la casa, otra la parte de adelante, dos frente a las ventanas de las casas en caso de que tuvieran; otros dos, frente a la puerta de entrada de las viviendas, en donde generalmente era designado el compareciente. Que el Teniente 1° Pérez Cometo, estaba armado con un revólver normal y ellos con rifles “F.A.L.”, vale decir, armas largas, que tenían la orden de golpear la puerta de la casa y cuando de adentro le contestaban, ellos debían responder “Los militares”, pero cuando no contestaban, tenían la orden de que con la culata de los rifles que tienen una chapa metálica y un hueco, golpear la puerta hasta derribarla. Que de ninguna de las casas en donde efectuaron procedimientos se enteró el nombre de sus habitantes, ni el nombre del secuestrado; sólo le dijeron que lo hacían por razones políticas. Que la forma en que procedían era así: luego que entraban en las casas, el Teniente 1° Pérez Cometo, leía en el papel que le dieron los policías, el nombre de las personas, cuando éste se daba a conocer diciendo “yo soy”, le vendaban los ojos con cualquier elemento que tuvieran a mano, ya sea una bufanda, etcétera, pero nunca con vendas tipo farmacéuticas. No le ataban las manos. Que de las 9 personas que tenían que sacar llevaron únicamente siete, porque dos no las encontraron. Entre las personas que fueron a buscar, desea contar una anécdota: Que fueron a la casa de una señora, aparentemente la madre de la persona que buscaban, cuando ésta les dijo que allí no se encontraba, le pidieron el domicilio de su hijo y cuando fueron a buscarlo éste ya no se encontraba, por lo que el Teniente 1° Pérez Cometo sacó afuera a una hija muy pequeña del buscado, y engañándola, ofreciéndole un caramelo, le preguntó por su padre, a lo que la chiquita les dijo: que recién estuvo en la casa, pero que se había ido, no sabe adonde. Que esas siete personas detenidas fueron conducidas al Regimiento 19 y el exponente, preocupado por la suerte de esa gente, quedó con un compañero suyo en ir a la guardia al día siguiente, y cuando recogieran la leche preguntar o ver adónde se encontraban los detenidos. Cuando fueron a la guardia, se dieron con que ya no estaban allí, a pesar de que en la madrugada lo habían dejado en ese sitio. Que cuando nuevamente el oficial de semana y en otra oportunidad y varias más, solicitaban los voluntarios para salir afuera a efectuar procedimientos, ya ninguno se ofrecía, pues ya se imaginaban que era para seguir efectuando ese tipo de procedimientos, que el compareciente, en forma particular, no aceptaba ni estaba de acuerdo, por lo que los militares procedían a designar por medio de orden las personas que saldrían. Que a los pocos días los militares designaban gentes o soldados para que fueran a distintos lugares de la provincia, por más o menos un mes cada grupo, que cuando un grupo volvía salía otro y así sucesivamente, que a él le tocó en una oportunidad estar un mes por la zona de Santa Lucía y Caspinchango, esta última localidad es en la actualidad el pueblo Teniente Berdina. Que luego de ese mes en que estaban en los pueblos donde debían efectuar procedimientos, los premiaban con 15 día de licencia”.


6. Coordinación entre organismos de seguridad


A partir de febrero de 1975, se establece la intervención de las F.F.A.A. en nuestra provincia “a efectos de neutralizar y/o aniquilar el accionar de los elementos subversivos que actúan en la provincia de Tucumán” (art. 1, Decreto PEN), estableciéndose a continuación que requerirá al PE provincial “proporcione y coloque bajo control operacional el personal y los medios policiales que le sean solicitados” por el Comando General de Ejército (art. 3), como asimismo se dispone similar medida con la Policía Federal (art. 2).

A partir de allí, la represión a desarrollarse posteriormente en nuestra Provincia se habrá de llevar a cabo con la participación coordinada de todas las fuerzas de seguridad descritas, bajo la conducción del comando militar. Esta coordinación habrá de expresarse de hecho en el transcurso de toda la represión ilegal y clandestina descrita a lo largo de este anexo, materializándose en los siguientes casos:

– operativos conjuntos de secuestro de ciudadanos, donde intervienen efectivos policiales y militares.

– traslado de los secuestrados desde centros clandestinos de detención bajo control policial (ej. El que funcionaba en la Jefatura de Policía) a otros centros similares (ej. “Escuelita” de Famaillá) que funcionaban en asentamientos del Ejército y viceversa.

– Pasividad de las policías de las respectivas jurisdicciones en el momento del secuestro practicado por fuerzas militares, y a la inversa, cuando los operativos son efectuados por fuerzas policiales.

– Negativa de las autoridades policiales a recibir denuncias de secuestros.

– Falta total de instrucción de sumarios e investigación, en los casos aislados de familiares de la víctima que interpusieron denuncia ante autoridades policiales.


Como hemos visto a lo largo del relato contenido en este anexo, donde hemos analizado los aspectos más salientes de la metodología represiva ensayada, como así también en los restantes anexos, particularmente el correspondiente a Centros Clandestinos de Detención, cada una de las afirmaciones vertidas anteriormente, se encuentran corroboradas con numerosos ejemplos. Pese a ello, habremos de transcribir otros ejemplos para cada situación.


6.1 Participación conjunta de operativos


Transcribimos el siguiente detalle contenido en el Leg. 148-C-84, correspondiente a la denuncia por la desaparición de Gabriel Fernando Costilla, obrero ferroviario, secuestrado el 21 de enero de 1976, en la ciudad de Tafí Viejo:

“... a las 5 de la mañana irrumpieron en la vivienda un grupo compuesto por más o menos 20 personas, quienes destrozaron la puerta y penetraron en la vivienda; la exponente manifiesta que todos estaban vestidos con uniformes del Ejército, color verde oliva, birretes, borceguíes, acota que eran uniformes de fajina; y otros vistiendo uniforme azul de policía, todos ellos portando armas cortas y largas (...) alcanzó a ver que a su marido lo introducían a un camión del Ejército...”.


6.2. Traslado de prisioneros de un centro militar a otro policial

Transcribimos, de la denuncia correspondiente al Leg. 267 –acumulado al Leg. 257-J-84; secuestro de Pedro Pablo Juárez, obrero, el 16/8/75 en Monteros:

“... Le vendaron los ojos y le pusieron esposas en las manos, para atrás. Acto seguido lo subieron a un camión del Ejército, donde lo empezaron a golpear ferozmente en todo el cuerpo (...) Lo trasladaron a otro lugar, que luego se enteró que era la famosa Escuelita de Famaillá (...) (posteriormente) lo trasladan a otro lugar, que luego supo era la Jefatura de Policía...”.


6.3 Coordinación entre mandos militares y policía provincial

(Del testimonio de Juan Martín, ex prisionero de campos de detención ratificado ante esta Comisión Bicameral de Derechos Humanos –Ley 5.599– en fecha 19 de abril de 1985, refiriéndose a la Jefatura de Policía):

“... el personal responsable de este campo pertenece al Departamento de Inteligencia (D-2) de la Policía Provincial de Tucumán, bajo las órdenes de un teniente primero del Ejército quienes obviamente tenían conocimiento del campo y participación directa en lo que allí ocurría (...) Durante los meses que estuve en el campo fue frecuente que tanto el general Bussi, gobernador de la Provincia y comandante de la V Brigada, como el teniente coronel Arrechea, visitaran los campos de concentración para ver a los detenidos e interrogarlos en algunas oportunidades...”.


6.4 Coordinación con la Policía Federal

En el Leg. 296-A-84 se manifiesta con claridad la participación de la Policía Federal –Delegación Tucumán– en el secuestro del comparente:

“... fue rodeado (su domicilio) por alrededor de 40 soldados al mando de un oficial, todos ellos fuertemente armados (...) (lo vendan y lo suben a un camión) (...) De inmediato se pusieron en marcha, luego de un tiempo, el que no pude determinar su exactitud, lo hicieron descender en un lugar, que posteriormente pudo identificar como la Delegación Tucumán de la Policía Federal...”.


7. Ruptura del secreto en un caso concreto


En el Leg. 236-C-84, correspondiente al secuestro y posterior desaparición del joven estudiante Julio César Campopiano, con fecha 21/10/76, la denunciante expresa, tras relatar los pormenores del hecho (Julio César es secuestrado mientras transitaba con un amigo frente al Cementerio Oeste por individuos que se desplazaban en un automóvil color blanco) lo siguiente:

“... en el Comando entrevisté (entre otras muchas gestiones que describe) al Suboficial Mayor Gustavo Núñez, el que luego de sacarla a la vereda le comunica que sus hijos estaban en el Arsenal...”.


8. Confusión – Desinformación y Terror

La estricta censura impuesta a los medios de prensa se sumaba a la “nube de silencio”, al decir del Gral. Sánchez de Bustamante, que envolvía a los procedimientos represivos (donde el detenido desaparecía virtualmente, como ya dijimos de la faz de la tierra), generándose un clima de misterio donde la confusión y el terror eran 2 casas de una misma moneda.

Del Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la O.E.A., hemos transcripto el siguiente párrafo, a nuestro criterio un excelente ejemplo de la desinformación de que adolecía la opinión pública hasta hace muy poco tiempo:

“(Relata una madre de un desaparecido)... Cuando explicábamos a los transeúntes de la Plaza de Mayo el sentido de nuestro andar, con una sorpresa se ponía nuestra realidad en la zona nebulosa del mito, nos preguntaban:

– ¿Desaparecidos?... pero ustedes los ven, saben dónde están
– ¡No! eso es lo que queremos saber...
– Pero, ¿no están en cárceles?, ¿no los juzgan?
– No, eso es lo que pedimos

... Y cada jueves, cada día, cuando se presentaba la ocasión, explicábamos esta realidad, que por insólita, ni nuestros compatriotas entendían, si no habían sido rozados directa o indirectamente, por ella...”.


La descarga descomunal de violencia y terror perseguía –ya lo hemos dicho– paralizar por el terror a la sociedad y disuadir a los familiares; no pocas veces se conseguía este último objetivo. Del Leg. 23-R-84, hemos extraído el siguiente testimonio y confesión de miedo:

“... Desde entonces, nunca ha tenido noticias de su marido por ningún medio, aunque más no sea una simple noticia. En cambio su cuñado (secuestrado igualmente junto a su marido) regresó como a los 2 o 3 días, totalmente trastornado, cambiado, de forma tal que no quería hablar sobre lo que pudo haberle sucedido (...) Desde entonces, como ya dijo, nunca ha tenido noticias, ni tampoco hizo nunca denuncia policial, porque realmente quedó atemorizada...”.



Fdo.:

Dr. ALEJANDRO SANGENIS
Diputado Provincial
Presidente Comisión Bicameral

Dr. CARLOS MESCHWUITZ
Senador Provincial
Vice-Presidente Comisión Bicameral

ARTURO SASSI
Diputado Provincial
Secretario Comisión Bicameral

Dr. ARMANDO BAUNALY
Senador Provincial
Comisión Bicameral

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